viernes, 17 de mayo de 2024 19:20
Politica

El Tribunal de Cuentas multa al PNV con 5.000 euros por falta leve al no cumplir con su "deber de colaboración"

El Pleno del Tribunal de Cuentas ha impuesto una multa de 5.000 euros al PNV por infracción leve al no cumplir con su deber de colaboración con la institución fiscalizadora en relación con el informe de las contabilidades ordinarias de los partidos en los ejercicios 2018 y 2019.
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Archivo - El presidente del PNV, Andoni Ortuzar, en un acto electoral

El Pleno del Tribunal de Cuentas ha impuesto una multa de 5.000 euros al PNV por infracción leve al no cumplir con su deber de colaboración con la institución fiscalizadora en relación con el informe de las contabilidades ordinarias de los partidos en los ejercicios 2018 y 2019.

La Ley de Financiación de los Partidos Políticos establece en su artículo 19 que estos "estarán obligados a la remisión de cuantos documentos, antecedentes, datos y justificaciones les sean requeridos por el Tribunal de Cuentas para el cumplimiento de su función fiscalizadora".

Y el Tribunal de Cuentas entiende que el PNV no lo ha cumplido, lo que implica una infracción leve prevista en el artículo 17.4 a) de dicha ley, por lo que ha optado por imponer una sanción de 5.000 euros, según datos del expediente recogidos por Europa Press

La sanción se remonta al informe de partidos políticos de los ejercicios 2018 y 2019, en el que se señala que el Tribunal de Cuentas había solicitado la lista de contratos celebrados esos dos años, pero el PNV no se la facilitó alegando que sus normas internas datan de 2018 y que su desarrollo requería "un periodo mínimo razonable para su interiorización por parte de todos los niveles de la organización", lo que se vio dificultado por la convocatoria de cinco procesos electorales en el País Vasco en 2019 y la falta de medios personales.

El Tribunal de Cuentas ya avisó entonces que eso supone un "incumplimiento del deber de colaboración" que podría constituir "una irregularidad sancionable", como finalmente ha determinado.

Conforme a la legislación, las resoluciones adoptadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas son susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.

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