El Tribunal Supremo ha anulado las condenas de cinco de los siete miembros de la "rama juvenil de ETA", Segi, a los que que la Audiencia Nacional condenó a 6 años de prisión el pasado mes de mayo por un delito de pertenencia a organización terrorista al aplicar a este caso la jurisprudencia que exige una militancia activa y no la mera afiliación a este grupo.