domingo, 28 de abril de 2024 02:18
Economía

El Supremo obliga a devolver a los consumidores 18 millones por el almacén de gas Castor

La sentencia se refiere al año 2015 y todavía quedan pendientes de resolución recursos de otros años.

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El almacén de gas Castor


El Tribunal Supremo obliga al Gobierno a devolver a los consumidores de gas los 18 millones de euros por mantenimiento y operatividad de Enagás por el almacén Castor, ubicado frente a la costa de Tarragona y Castellóncobrados en el 2015 en el recibo correspondiente.


De esta manera da la razón a la patronal vallesana Cecot ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del TS. Ahora, el Supremo declara nulo el reglamento que daba potestad al Estado para tomar las medidas necesarias para recuperar gastos de cierre y mantenimiento de la plataforma, que por decisión del Gobierno fueron repercutidos a los consumidores.


La sentencia se refiere al año 2015 y todavía quedan pendientes de resolución recursos de otros años, por lo que la cantidad que se debe devolver en las facturas de los consumidores podría ser mayor.


En su escrito, el tribunal señala que "la Administración debe obrar en consecuencia para llevar a efecto ese pronunciamiento anulatorio y, en su caso, adoptar las medidas procedentes para proceder al reintegro de las cantidades abonadas al amparo de la orden que se declara nula".


A finales del año pasado, el Tribunal Constitucional ya declaró "nulos e inconstitucionales" algunos artículos del real decreto ley aprobado en 2014 que contemplaba la hibernación del Castor y en el que se reconocía la compensación de 1.350 millones de euros para la empresa promotora Escal UGS.


El Alto Tribunal señala que siendo la devolución de las cantidades "una consecuencia natural del fallo, no procede sin embargo que haga un pronunciamiento específico en el sentido que se propugna, que no dejaría de ser hipotético, pues en el curso del proceso no ha quedado debidamente acreditado que efectivamente se hayan realizado pagos ni, por tanto, las fechas y cuantías de los que se hayan podido realizar".


DEUDA


En 2014, el Gobierno aprobó un real decreto ley en el que se establecía la hibernación del Castor y en el que se reconocía esa compensación para la empresa promotora, cuyo importe se decidió repercutir durante 30 años en la tarifa de gas.


La deuda por Castor, que ascendió a 1.350 millones de euros y que se abonó a la empresa promotora Escal UGS, participada por ACS, fue colocada por Enagás en 2015 a Banco Santander, Bankia y Caixabank a un tipo de interés del 4,3% y a devolver en 30 años.


En su sentencia de diciembre de 2017, el Constitucional no entraba en el fondo de la indemnización que recibió Escal UGS por la decisión adoptada sobre Castor, centrándose más en el fondo de cómo se hizo esa indemnización a través de la aprobación de un Real Decreto de urgencia.

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