viernes, 29 de marzo de 2024 08:36
Sociedad

Agbar denuncia al Director de ATLL por injurias y calumnias

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Catalunyapress.- Agbar ha presentado en el Juzgado de 1ª Instancia de Sant Feliu de Llobregat una denuncia contra el Director General de ATLL Concesionaria para que se retracte de las afirmaciones injuriosas de extraordinaria gravedad que menoscaban el derecho al honor y la reputación de la compañía hechas en una carta dirigidas a diversos ayuntamientos.

En el escrito, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, se solicita la celebración de un acto de conciliación, previo a la interposición de una querella por injurias, con Alfredo Gutiérrez Zavala, representante de ATLL Concesionaria de la Generalitat de Catalunya, para "que se retracte y reconozca la falsedad de las graves y calumniosas manifestaciones realizadas contra Agbar" plasmadas en una carta remitida por ATLL al Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y diversos ayuntamientos durante el mes de marzo de 2015. En la misiva, Aigües Ter-Llobregat imputaba a las sociedades del grupo Agbar, sin matiz alguno, el incurrir sistemática y dolosamente en "impagos", y calificaba la situación de "incumplimiento del deber de satisfacer los caudales de agua suministrados por ATLL".

Ante estas afirmaciones, indica que "la situación que describe ATLL en la carta enviada a los ayuntamientos no se corresponde con la realidad de las cosas" puesto que el contrato de 27 de diciembre de 2012 "fue anulado en virtud de estimación de recurso por parte de Agbar ante el entonces OARCC (órgano administrativo de recursos contractuales, hoy Tribunal de Recursos contractuales), con fecha 2 de enero de 2013'', y que dicha resolución "excluyó al grupo de empresas liderado por Acciona del concurso de adjudicación de ATLL por incumplimiento del pliego de condiciones''.

Sobre los presuntos impagos, Agbar indica que "ingresa los importes a la Administración titular del servicio, que es la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el procedimiento expresamente establecido en el artículo 12 del Reglamento del servicio de abastecimiento Ter-Llobregat, y sigue de manera escrupulosa y estricta las instrucciones emitidas al efecto por la Generalitat de Catalunya sobre cómo ha de realizarse''. Subraya además que la compañía "no puede pagar a quien no es titular del contrato de acuerdo con las sentencias del Tribunal Supremo, y corresponde a la Generalitat de Catalunya dirimir que parte de esos pagos le corresponde a ATLL concesionaria, ya que es evidente que no le puede corresponder la totalidad de los mismos, pues hay conceptos que sólo pueden corresponder a quien tenga contrato vigente''.

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