viernes, 29 de marzo de 2024 14:43
Sociedad

El Supremo sentencia que la ATLL está inhabilitada para gestionar el agua del Ter-Llobregat que ya gestiona la Sociedad mixta Metropolitana

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Catalunyapress.- El Tribunal Supremo ha dado un nuevo revolcón a la ATLL al decidir que este organismo no está habilitado para gestionar el servicio que ya presta la sociedad mixta metropolitana de la que forma parte Agbar.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en fecha 12 de marzo de 2015 en la que declara que "Aigües Ter-Llobregat (ATLL) está inhabilitada para gestionar el servicio de abastecimiento en alta" del Sistema Ter-Llobregat.

El Tribunal Supremo recuerda que la adjudicación del contrato de gestión de ese servicio público a favor de Acciona Agua, S.A. y BTG Pactual fue anulada por el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Catalunya, y que el Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal Supremo han desestimado las medidas cautelares de suspensión solicitadas por la Generalitat de Catalunya, ATLL, Acciona y BTG Pactual.

Esta reciente sentencia del Tribunal Supremo se han dictado en el marco de los recursos contencioso-administrativos interpuestos por ATLL contra los acuerdos del Área Metropolitana de Barcelona de constituir una sociedad de economía mixta, con Sociedad General de Aguas de Barcelona, para la gestión integrada los servicios de abastecimiento de agua, saneamiento en alta, depuración y regeneración de aguas residuales.

El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de ATLL por carecer de legitimación para impugnar las decisiones del Área Metropolitana de Barcelona, al no poder deducirse ningún beneficio para ella de los procedimientos interpuestos.

De esta manera, el Tribunal Supremo evidencia, una vez más, que la Generalitat de Catalunya está incumpliendo persistentemente su obligación de retirar de la gestión del mencionado servicio público a una empresa (ATLL) que está "inhabilitada" para prestarlo.

El contrato de creación de la sociedad mixta establece que Agbar gestiona desde el suministro doméstico (lo que supone unos tres millones de personas en la AMB) a la colección de aguas residuales, depuración y la regeneración para usos no potables.

La Generalitat recurrió porque consideraba, entre otros motivos, que la nueva sociedad invadía sus competencias, ya que el Área Metropolitana solo gestiona el agua 'en baja', es decir, la distribución que se hace dentro de los municipios, mientras que la Generalitat es la responsable del servicio desde el lugar en el que se capta el recurso hasta los depósitos de cabecera de las poblaciones, la denominada agua 'en alta'. El nuevo "palo" del Supremo al gobierno Mas le deja, una vez mas, en evidencia y presupone que la actuación del Conseller Mas-Colell y su subalterno el Conseller Vila ha resultado desastrosa para los intereses de Catalunya.

Esta sociedad supone un ingreso para el AMB de 20 millones de euros anuales, aunque el primer año (2013) fue inferior porque la sociedad no funcionó todavía todo el ejercicio -empezó en agosto, aunque se acordó crearla a finales de 2012, porque su constitución se aplazó por los recursos judiciales-.

Su creación se aprobó el mismo día en que el Govern aprobó la adjudicación de la gestión de la empresa pública Aigües Ter Llobregat (ATLL) durante 50 años al consorcio de empresas encabezado por Acciona, una concesión a la que también optaba Agbar, que recurrió y a la que ha dado razón el Supremo otra sentencia que obliga a la Generalitat a cumplir la sentencia.

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