viernes, 19 de abril de 2024 02:42
Economía

Agbar acusa a la Generalitat de desobediencia judicial al no ejecutar las sentencias sobre la ATLL

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Catalunyapress.- En una carta remitida el pasado 24 de diciembre al Departamento de Territori i Sostenibilitat. Agbar, advertia al conseller Vila de que con la creación de una nueva mesa de contratacción se incumplian los "mandatos jurisdiccionales emanados del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y del Tribunal Supremo", algo que "resulta inadmisible en un Estado de Derecho" y que se "seria constitutivo de una infracción penal tipificada como desobediencia judicial".

En la misma misiva se dice que la "notificación de la creación de una nueva mesa de contratación se une a las flagrantes vulneraciones del ordenamiento jurídico sufridas hasta el momento y se añaden a los antecendentes de resistencia ostinada que muestra el Departamento de Territori i Sostenibilidad desde hace dos años (2012), a ejecutar la resolución de la OARCC. Que ha dado lugar a diversos requerimientos en donde se ha exigido la liquidación del contrato suscrito con ACCIONA que quedo anulado por la OARCC".

Es decir, Agbar reclama a la Generalitat, por tal motivo, que en cumplimento de las sentencias tanto del Tribunal Supremo (TS) como del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ( TSJC) se tiene que prodecer a la "liquidación del referido contrato suscrito con ACCIONA y la adjudicación a favor del otro licitador (AGBAR)" puesto que es la única posibilidad "jurídicamente viable para ejecutar la resolución de la OARCC que consiste en retrotraer el procedimiento al momento en el que quedó excluida ACCIONA, y cuando se propuso la adjudicación a favor del otro licitador (AGBAR)". Ya que según la legislación vigente "no es posible volver a adjudicar a favor de la oferta excluida (ACCIONA), ni tampoco declarar desierto el concurso de la ATLL "ya que " existe otra oferta (AGBAR), que no sólo es admisible, sino que fue admitia por el órgano de contratación".

En este sentido se afirma en la carta enviada por Agbar que hablan de las irregularidades en las que se incurren al crear esta nueva mesa de contratación que resuelva sobre el concurso de la ATLL. Y en este caso se le informa al conseller Vila que "la designación de una nueva Mesa de Contratación altera sustancialmente las reglas de su composición y es en sí misma, una grave vulneración del ordenamiento jurídico". Una mesa en la que sin justificación alguna y contraviniendo el pliego de condiciones del concurso de la ATLL se "incorporan y se suprimen miembros sin explicación alguna". Y así, si "no procede reunir la mesa de contratación inicial de nuevo, mucho menos procede constituir una nueva y diferente que se apoya en un órgano técnico de composición desconocida según se desprende de la propuesta de resolución recibida".

Además dentro de una opacidad absoluta no se indica " en que se fundamenta la resolución por la que se encomienda a esta nueva Mesa de Contratación la ejecución de la resolución de la OARCC ni quiénes son las personas que forman parte de esta Comisión Técnica Asesosora ni cuáles son los criterios que se pretenden aplicar por la misma".

Así mismo, se carga contra la pretensión de la Generalitat de "pretender con caracter retroactivo- algo contrario al ordenamiento jurídico vigente- volver a realizar una nueva valoración de las ofertas presentadas al concurso de la ATLL, de la que fue tomada en consideración por la OARCC para adoptar la resolución que se trata de ejecutar".

Porque la OARCC fue clara al "excluir a uno de los concursantes por vulnerar las condiciones de Pliegos del concurso de la ATLL". Y en este sentido "la valoración contenida en los informes de la actas de las sesiones de la Mesa de Contratación inicial, sirvieron de fundamentación a la OARCC para decidir, y son en consecuencia intocables".

En este sentido el contracto entre la Generalita y ACCIONA en el concurso de la ATLL " no hace falta declararlo nulo porque se declaró anulado como consecuencia de la declaración de nulidad de la adjudicación, por lo que no son admisibles, ningún tipo de dudas, ni supuestas nuevas interpretaciones, puesto que el órgano de contratación tiene que limitarse, a aplicar el procedimiento estrictamente reglado en el concurso del 2012".

Es por ello que se afirma que "tras dos años transcurridos sin que el Departamento de Territori i Sostenibilidad haya ejecutado la resolución de la OARCC, así como la resolución de constitución de una nueva mesa de contratación, son un ejemplo de una actuación que atenta contra los principios constitucionales que han de presidir cualquier actuación de la Administración".

Por lo que advertía a la Generalitat de la "nulidad del acuerdo de constitución de una nueva Mesa de Contratación por ser una revisión al margen de lo establecido en el propio concurso de la ATLL del 28 de julio del 2012".

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