martes, 23 de abril de 2024 16:51
Politica

El TSJC confirma la prohibición de ceder los datos del padrón de Cambrils

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la sentencia de un juzgado de Barcelona que anuló un acuerdo del Ayuntamiento de Cambrils (Barcelona) que había aprobado la cesión de los datos del padrón municipal a la Generalitat para la celebración de la consulta de independencia de Catalunya.

En la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, los magistrados desestiman el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento porque, entre otras cosas, la cesión comportaría "un evidente riesgo de lesión a los derechos a la intimidad personal".

"Toda cesión de datos personales recogidos en el padrón municipal fuera del marco legal de la citada ley de protección de datos entraña una lesión del derecho a su protección", concluye el TSJC en su escrito.

Todo ello ocurre pese a que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, prescindió de la consulta inicialmente prevista sobre la independencia -tras la suspensión por parte del Tribunal Constitucional (TC)- y lo sustituyó por un proceso participativo.

Y es que el tribunal considera que, entre la convocatoria y la decisión del TC, "hubieran podido hallarse los datos personales del recurrente -el vecino de Cabrils Alejandro Rusiñol-, recogidos en el padrón del municipio de Cabrils, disponibles a unos fines que no son los legalmente previstos".

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