martes, 16 de abril de 2024 22:23
Politica

El Gobierno endurece la creación de entidades públicas estatales y autonómicas y su supervisión anual

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El Estado y las Comunidades Autónomas deberán justificar la creación de entidades públicas y establecer un plan de supervisión anual de su funcionamiento y rentabilidad, para justificar la pervivencia de este sector público instrumental y evitar la proliferación de sociedades y organismos. Además, tras dos años en situación deficitaria se estudiará su extinción.

Así se regulará en la reforma de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, cuyo anteproyecto aprobó el viernes el Consejo de Ministros. La norma obligará al Gobierno y a los ejecutivos autonómicos a ser más rigurosos para aprobar la creación de entidades y establecer un plan de supervisión.

En el caso del Estado, será el Ministerio de Hacienda el encargado de esa revisión anual de entidades y quien permita su creación; en el caso de las autonomías, serán los órganos que ellas decidan los encargados de ese control.

La iniciativa es fruto de la experiencia de la reforma de las administraciones públicas emprendida por el Gobierno en esta legislatura, uno de cuyos capítulos ha estado dedicado a la reducción del número de entes públicos, cuya creación se ha demostrado sencilla pero su extinción, complicada.

Así lo ha explicado Jaime García Renovales, subsecretario de Presidencia, en una comparecencia junto a la subsecretaria del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero. En la nueva ley de régimen jurídico se incluirá un sistema para endurecer los requisitos de creación de entes tanto para el Estado como para las autonomías, de forma que sea obligatorio justificar su existencia y elaborar un plan de actuación, con objetivos.

En el caso del Gobierno, el Ministerio de Hacienda tendrá que elaborar un informe preceptivo que respalde la creación de esa entidad; en las comunidades autónomas, serán las encargadas la consejería o autoridad que ellas decidan. En ambos casos, será obligatoria la inscripción en un registro único que se creará para tener un conocimiento exacto del sector público instrumental.

Una vez creadas, las entidades estarán sometidas a un control anual de eficiencia, que asegure el cumplimiento de objetivos y que ese organismo es sostenible financieramente. Si transcurren dos ejercicios deficitarios, se redactará un plan de corrección y si la situación no mejora, los gobiernos examinarán la pervivencia o no de la entidad. Se prevé también en la ley agilizar el procedimiento de extinción.

La aplicación de las medidas de reforma de la administración pública han supuesto la supresión ya en esta legislatura de 2.029 entidades instrumentales en todo el país: 675 de las comunidades autónomas (llegarán a ser 790, un 33,3 por ciento menos), 1.244 de las entidades locales y el resto, del Estado.

MEJORAR LA CALIDAD DE LAS LEYES

Pérez Renovales ha explicado también la reforma de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, con la que se buscará fundamentalmente extender la administración electrónica. Las relaciones telemáticas serán obligatorias entre administraciones y entre estas y las empresas, mientras que serán la vía prioritaria con los ciudadanos.

Además, con esta norma se busca mejorar la calidad de elaboración de las leyes y la supervisión de su utilidad, de que cumplen los objetivos para los que se dictaron.

Así, durante la redacción de una norma, se abrirá a los sectores interesados para que puedan hacer aportaciones y se hará un plan anual normativo: el Gobierno, en el primer trimestre de cada año, tendrá información de todos los ministerios de qué normas quieren aprobar en el ejercicio siguiente.

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