viernes, 29 de marzo de 2024 09:35
Sociedad

Absueltos los dos antidisturbios acusados de golpear a una reportera en las Marchas de la Dignidad del 22M

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El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha absuelto a los dos agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) que habían sido acusados de golpear a una reportera el pasado 22 de marzo durante los disturbios que tuvieron lugar tras las Marchas de la Dignidad en Madrid.

Según explica la magistrada del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid Almudena Álvarez en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, las pruebas aportadas por la denunciante, la reportera Susana Sanz, entre las que figura una grabación del incidente, no son suficientes para probar los hechos.

En concreto, se argumenta que las imágenes del citado video son "poco nítidas" y en ellas "no sólo no se aprecia con claridad el incidente, sino que es imposible concretar" el número de placa que portaban los agentes, otra de las pruebas presentadas por la denunciante.

"La sentencia penal condenatoria no puede fundamentarse en conjeturas o sospechas, y en el presente caso no ha quedado acreditado que los funcionarios denunciados fueran los que golpearan a la denunciante, ni que las lesiones que sufrió fueran causados por estos", señala la magistrada en su resolución.

En este sentido, la jueza añade que las acusaciones de la reportera no quedan demostradas en las imágenes porque "poco puede desprenderse de la grabación aportada, que carece de nitidez" y porque además la prueba "ha sido impugnada por la defensa de los agentes, al entender que puede estar manipulada".

Según la defensa de los agentes, la grabación podría haber sido alterada "dados los círculos identificativos que se han añadido a la grabación para localizar los incidentes denunciados y la identidad de los agresores". Además, señalan que "como única identificación, se recogen las voces dadas por la denunciante, que repetía el número de un agente".

Asimismo, la jueza recuerda en su sentencia que los hechos denunciados por la reportera "fueron negados por los denunciados" durante el juicio de faltas celebrado hace un mes, en el que "reconocieron formar parte del dispositivo policial", pero afirmaron que "ninguno recordaba haber tenido incidente alguno".

"Teniendo en cuenta los criterios jurisprudenciales y constitucionales antes aludidos, y valorando en conciencia la prueba practicada en el Juicio Oral por parte de este Órgano Judicial, hay que concluir que no existe prueba de cargo que desvirtúe el principio de presunción de inocencia, teniendo que recordar que el pronunciamiento de sentencia penal condenatoria exige que pueda realizarse una completa y nítida descripción fáctica, que demostrara en el silogismo jurídico que supone toda sentencia, que sobre ella inciden las normas penales adecuadas", argumenta la magistrada, para añadir que las pruebas presentadas permiten "hipótesis alternativas o contradictorias".

PARA LA DENUNCIANTE, "UNA INJUSTICIA"

Tras conocer la sentencia, la reportera Susana Sanz ha lamentado que se trata de una "injusticia" y ha informado de que ya ha presentando un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

"Lamento la situación de injusticia que vive este país, en el que ni con fotos ni, ni con vídeos, ni con números de placa se consigue que se condene a un policía", ha denunciado, tras criticar que sólo se conceda la presunción de inocencia, a su parecer, "al agresor".

En este sentido, ha defendido que las pruebas presentadas eran suficientes. "Es una injusticia bastante fuerte. Queda claro que no quieren ni cámaras ni testigos", ha insistido.

Por último, ha explicado que se ha decidido a recurrir la sentencia tras recibir el apoyo de la organización Free Press Unlimited, quienes se encargarán de asumir las costas en el caso de que la Audiencia vuelva a no darle la razón.

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