jueves, 25 de abril de 2024 22:09
Economía

Ninguna tienda o comercio podrá ser sancionada a partir de marzo por rotular en castellano

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El pasado 28 de noviembre, el pleno del Congreso de los Diputados aprobó el texto final del proyecto legislativo para garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de los empresarios en toda España.

Los efectos de su aplicación definitiva, sin embargo, no podrán ser patentes hasta el próximo mes de marzo, ya que el Gobierno ha otorgado a las comunidades autónomas un plazo de tres meses para adaptar la ley a la normativa de cada región.

En concreto, tal y como puede observarse en el preámbulo de la Ley, la norma se basa en el artículo 38 de la Constitución, en donde se reconoce "la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, debiendo los poderes públicos garantizar y proteger su ejercicio y la defensa de la productividad".

Con la aplicación de la nueva norma, se acabará con una de las grandes reclamaciones que gran parte del empresariado afincado en Cataluña realizaba al Gobierno: poner fin a las multas por rotular en castellano. El año pasado, y debido a una sentencia del Tribunal Constitucional, la Generalitat se vio obligada a devolver el importe de las sanciones realizadas antes de 2010. Sin embargo, el Gobierno autonómico, amparándose en la reforma de su Código de Consumo, ha continuado ponendo multas a comercios por rotular en castellano.

Según los datos que maneja el Ejecutivo, en 2011 y 2012, años en los que se aplicaron las sanciones pese a las sentencias del TC, se realizaron más de 400 multas en la región. Cada establecimiento tuvo que pagar una cantidad de 720 euros por no haber rotulado en catalán.

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