El TSJC suspende los servicios mínimos del 60% ante la huelga de funcionarios de Justicia
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha "suspendido" temporalmente los servicios mínimos establecidos por la Conselleria de Empresa y Empleo de la Generalitat ante la huelga indefinida que mantienen los funcionarios de Justicia desde principios de septiembre.
En un auto de este miércoles, el TSJC ha estimado la petición de medidas cautelares de CC.OO. contra la decisión del departamento de incrementar hasta el 60% los servicios mínimos en el Decanato de Barcelona por el "embudo" que sufrieron los juzgados catalanes en los primeros días de huelga.
"En el supuesto de una sentencia estimatoria de este recurso (el interpuesto por CC.OO.), el derecho a la huelga se habría visto vulnerado", recoge el auto, y considera procedente adoptar la medida cautelar solicitada por el sindicato, ya que el TSJC aún no ha valorado si este aumento vulnera un derecho fundamental, como considera el sindicato.
Así, obliga a volver a los servicios mínimos establecidos por la Orden de 29 de agosto de 2013 --previa al inicio de la huelga-- e insta a la Administración y a la Fiscalía a alegar lo que estimen conveniente respecto a las medidas cautelares acordadas en el plazo de tres días.
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