viernes, 29 de marzo de 2024 16:00
Politica

El TC vota de forma unánime a favor de permitir el debate en el Parlament

El Pleno del tribunal Constitucional (TC) ha rechazado de forma unánime las medidas cautelares planteadas por Ciudadanos y Partido Popular en sus recursos contra ladeclaración independentista presentada por Junts pel Sí y la CUP, lo que supone avalar la celebración del Pleno del Parlament previsto para el próximo lunes para debatir la propuesta.

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El Pleno del tribunal Constitucional (TC) ha rechazado de forma unánime las medidas cautelares planteadas por Ciudadanos y Partido Popular en sus recursos contra ladeclaración independentista presentada por Junts pel Sí y la CUP, lo que supone avalar la celebración del Pleno del Parlament previsto para el próximo lunes para debatir la propuesta.


En sendos autos, el tribunal de garantías señala que pese a ser consciente del "riesgo" de que el Pleno del Parlament apruebe una resolución acorde con la propuestaseparatista anunciada "ello no debe llevar a distorsionar el momento asignado por el Ordenamiento constitucional a cada institución para ejercer sus competencias".


Añaden que aunque la ley permitiría suspender cautelarmente la ejecución de cualquier acto que sea objeto de un recurso de amparo, hay que tener en cuenta que elParlamento "es la sede natural del debate político" y el resultado de este debate "no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate".


Las medidas cautelares solicitadas consistían en la suspensión de los efectos de los acuerdos parlamentarios adoptados hasta ahora por el Parlament para impulsar la declaración de ruptura con España.


SE DESCONOCE EL RESULTADO


Los magistrados afirman que la adopción de la medida cautelar habría rebasado la propia función del recurso de amparo al promover "un control de constitucionalidad sobre una resolución que no se ha adoptado y cuyo contenido último se desconoce"; y la acreditación del perjuicio debería correr además a cargo de los recurrentes.


La finalidad del recurso de amparo, se añade en ambos autos --uno por la petición realizada en la demanda de amparo C's y el otro por la del PP-- está "a salvo" pese a no haberse acordado las medidas cautelares cuya aplicación debe ser excepcional y restrictiva en todo caso.


En este punto, explican que una eventual sentencia estimatoria de la demanda "conllevaría la declaración de nulidad de todos aquellos actos, incluidos los de trámite, que hubieran resultado lesivos de los derechos fundamentales de los demandantes de amparo".


El pleno del TC afirma ser consciente del "riesgo" de que en el pleno del Parlament anunciado para el día 9 se apruebe una resolución acorde con la propuesta tramitada; no obstante, "ello no debe llevar a distorsionar el momento asignado por el Ordenamiento constitucional a cada institución para ejercer sus competencias".


EL PARLAMENT DEBE VELAR POR LA LEGALIDAD


Los autos subrayan además que es la propia cámara autonómica a la que corresponde velar porque su actuación "se desarrolle en el marco de la Constitución".


"Son las asambleas parlamentarias, en su condición de poderes constituidos, las que en primer lugar deben velar porque sus decisiones se acomoden, en todo momento, a la Constitución", establece el TC.


En este punto, los autos inciden en el deber de fidelidad a la Constitución por parte de poderes públicos como soporte esencial del funcionamiento del Estado autonómico, sin perjuicio de señalar que la última palabra, "cuando así se le pida", corresponderá a este tribunal.


Así ocurrió con ocasión de la aprobación por el Parlament de la denominada declaración soberanista y de derecho a decidir aprobada en 2013, que se declaró inconstitucional y fue anulada parcialmente un año después.


Finalmente, el TC concluye que "el contenido de las disposiciones, resoluciones o actos emanados de un poder público, cualquiera que sea, no menoscaba la integridad de las competencias que la Constitución encomienda a este Tribunal, que ejercerá cuando proceda, con prudencia y determinación".


La intención de denegar la suspensión de las medidas cautelares era clara desde el inicio del debate de esta mañana, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, y el Pleno ya se inclinaba por este extremo cuando admitió a trámite los recursos este jueves por la mañana.


Sin embargo, varios de los 11 magistrados que integran el pleno del TC discrepaban de algunos términos de las ponencias presentadas y por ello se resolvió suspender el Pleno y reanudarlo unas horas después. De este modo se daba tiempo para perfeccionar la redacción del acuerdo, que ha sido votado tras algo más de una hora de debate.


La suspensión del debate como medida previa a la discusión del fondo del asunto tan solo había sido planteada en los recursos de C's y del PP catalán, mientras que el PSC no la incluyó al entender que el tribunal de garantías no iba a aceptarla, como así ha ocurrido finalmente.


Por lo que se refiere a la admisión de las demandas de amparo, los magistrados del tribunal de garantías han apreciado que los recursos de amparo presentados este miércoles cumplen el requisito de la "especial trascendencia constitucional" que exige la Ley Orgánica del TC "porque plantea cuestiones sobre las que no hay doctrina de este Tribunal".


Asimismo, el TC señala en su resolución de admisión a trámite que el asunto planteado "trasciende del caso concreto, al suscitar una cuestión jurídica de relevante repercusión social, con consecuencias políticas generales".


Además, el pleno del TC ha acordado dirigirse al Parlament de Cataluña para que, en un plazo que no exceda de diez días "remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones parlamentarias correspondientes a los acuerdos impugnados" y para que pueda personarse en el procedimiento.


HOJA DE RUTA


Una vez que el Constitucional no ha puesto trabas a la celebración, el próximo lunes, del pleno del Parlament que debe votar la propuesta independentista, la batalla judicial contra la iniciativa tomará la vía de la impugnación del texto ante el alto tribunal.


Según han informado fuentes gubernamentales, es previsible que el recurso de inconstitucionalidad elaborado por la Abogacía del Estado se presente en el TC sólo un día después de esta votación, el próximo martes día 10.


Antes de la presentación del texto, el mismo martes, se celebrarán de urgencia dos reuniones imprescindibles: la del Consejo de Estado, que debe informar de forma prescriptiva sobre el recurso y la del Consejo de Ministros que tiene que aprobarlo.


Así, todo parece indicar que el pleno del TC se reunirá el miércoles 11 para tratar la admisión a trámite del recurso; en caso de que ésta se acepte, el alto tribunal decretará la suspensión inmediata del acuerdo del Parlament lo que supone 'de facto' una prohibición para la cámara parlamentaria regional y el Govern de desarrollar su contenido.


A partir de ese momento queda en manos del Ejecutivo la posibilidad de solicitar al alto tribunal que actúe, en virtud de la reciente reforma del tribunal, en el caso de que se produzca un incumplimiento de la prohibición, a través, por ejemplo del desarrollo de las leyes "del proceso constituyente, Seguridad Social y Hacienda Pública".

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