viernes, 19 de abril de 2024 23:01
Politica

El TC interrumpe hasta el miércoles su debate del recurso contra la resolución independentista

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) han interrumpido tras unas tres horas de debate sus deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la resolución independentista del Parlament aprobada por JxSí y la CUP para dar inicio a la ruptura con España.


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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) han interrumpido tras unas tres horas de debate sus deliberaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la resolución independentista del Parlament aprobada por JxSí y la CUP para dar inicio a la ruptura con España.


Continuará el miércoles por la mañana su estudio sobre el fondo de este asunto, después de que los once magistrados que lo integran admitieran a trámite el 11 de noviembre la impugnación de los Servicios Jurídicos del Estado y suspendieran de forma cautelar la vigencia de la resolución.


El asunto ha sido introducido en el primer Pleno ordinario que celebra el tribunal tras recibir el pasado viernes las alegaciones del propio Parlament, que defiende que la resolución impugnada es un "acto parlamentario de naturaleza estrictamente política", por lo que no tiene los elementos necesarios para ser valorada por el TC.


En su auto, el TC dio un plazo para la presentación de alegaciones y advirtió además a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; al presidente en funciones, Artur Mas, y a otros 19 altos cargos de Cataluña de que pueden incurrir en responsabilidades, incluso de carácter penal, si incumplían su auto.


En el momento de suspender la resolución de Parlament, el TC aplicó por primera vez el artículo 87.1 de su Ley Orgánica, a demanda de la Abogacía del Estado, y acordó notificar a cada uno de los cargos mencionados por el Gobierno la resolución advirtiéndoles "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada", y les apercibía de "las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir".


No obstante, el tribunal de garantías no acogió en dicho momento todas las peticiones del Gobierno, ya que en su providencia no hacía mención a la aplicación por el momento del artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), incluido tras la reciente reforma de esta norma y que incluye la posibilidad de suspender en sus cargos a quienes incumplan sus resoluciones.


ALEGACIONES DEL PARLAMENT


En la sentencia que se dicte, previsiblemente esta semana, el Constitucional deberá contestar a los argumentos de los servicios jurídicos del Parlament, que defendían que la resolución fue adoptada "en el ejercicio de la función del impulso de la acción política y de gobierno" y sólo puede ser valorada en ese contexto.


Esgrimía también que la resolución responde al mandato político adquirido por los grupos parlamentarios que han ejercido la iniciativa --JxSí y la CUP--, como consecuencia de las elecciones catalanas.


Sostenían asimismo que ese mandato está fundamentado en los programas políticos de las formaciones que "de forma clara y explícita tenían como objetivo político prioritario iniciar el proceso de creación de un estado catalán independiente".



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