viernes, 29 de marzo de 2024 13:57
Economía

¿Tu contrato de electricidad tiene compromiso de permanencia?

En un mercado energético liberalizado, a veces el consumidor se encuentra un poco perdido a la hora de elegir qué tarifas le convienen y cuáles son sus derechos. Por ejemplo, a la hora de cambiar de tarifa o compañía eléctrica. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recomienda a los consumidores que busquen y comparen todas las opciones antes de contratar el suministro de electricidad.

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En un mercado energético liberalizado, a veces el consumidor se encuentra un poco perdido a la hora de elegir qué tarifas le convienen y cuáles son sus derechos. Por ejemplo, a la hora de cambiar de tarifa o compañía eléctrica.


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recomienda a los consumidores que busquen y comparen todas las opciones antes de contratar el suministro de electricidad. Además, advierte que se compruebe si los contratos tienen compromisos de permanencia y cuáles son las penalizaciones económicas por su cancelación.


La CNMC recomienda que, antes de decidirse por una nueva oferta, los consumidores comparen los precios y los servicios. Los usuarios pueden informarse en las oficinas de atención al cliente, en las asociaciones de consumidores o en diferentes comparadores que existen actualmente en la red, como el que el regulador ofrece.


También aconseja averiguar si tiene derecho al bono social y leer bien las condiciones del contrato, con especial atención a aspectos como si el suministro incluye o no la contratación y cobro de otros servicios adicionales, así como las condiciones de revisión y los procedimientos de reclamación.


SER PRECAVIDOS


Otra de las recomendaciones es no sentirse presionado ni precipitarse si se recibe una llamada telefónica o una visita inesperada en el domicilio para que cambie de suministrador. "Pida una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y compruebe que en el contrato escrito figuran todas las condiciones que le indica el vendedor", indica la CNMC.


Si no se está realmente seguro de contratar el servicio, el 'superregulador' aconseja que no se faciliten al vendedor los datos bancarios ni las facturas anteriores ni sus datos personales. Si se realiza la contratación por internet, aconseja que se guarde o imprima una copia de la oferta y el contrato.


En el caso de contratos celebrados fuera de establecimiento comercial, como ventas domiciliarias, por teléfono o por internet, la CNMC recuerda que el usuario tiene 14 días para desistir del contrato sin tener que dar ninguna justificación.


ESTAR BIEN INFORMADOS


Además recomienda comparar periódicamente la oferta con otras disponibles en el mercado, sobre todo cuando el suministrador revise los precios del contrato, y consultar las guías al consumidor elaboradas por el propio organismo.


El último Real Decreto contempla que el consumidor podrá rescindir un contrato anual de suministro eléctrico firmado con una compañía "sin coste alguno". El texto también exige al operador eléctrico a publicar en su web una lista de precios de la electricidad por horas en el mercado el día anterior al suministro. Además, las compañías están obligadas a detallar cada uno de los costes que incorpora el precio de la electircidad a través de un informe sobre el margen de comercialización.

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