jueves, 28 de marzo de 2024 11:02
Sociedad

Un abogado denuncia a nueve alcaldes de municipios con nombres franquistas

Hace cuarenta años que España ya no vive bajo la dictadura de Francisco Franco, pero su nombre todavía sobrevive en algunas localidades españolas. El abogado Eduardo Ranz ha solicitado este jueves a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) la redefinición de once entidades territoriales que llevan el nombre del Caudillo o de generales franquistas.

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Hace cuarenta años que España ya no vive bajo la dictadura de Francisco Franco, pero su nombre todavía sobrevive en algunas localidades españolas. El abogado Eduardo Ranz ha solicitado este jueves a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) la redefinición de once entidades territoriales que llevan el nombre del Caudillo o de generales franquistas.


Son topónimos como Águeda del Caudillo (Salamanca), Alberche del Caudillo (Toledo), Guadiana del Caudillo (Badajoz), Llanos del Caudillo (Ciudad Real), Villafranco del Guadiana (Badajoz), Quintanilla de Onésimo (Valladolid), Alcocero de Mola (Burgos), San Leonardo de Yagüe (Soria), Villafranco del Guadalhorce (Málaga), Bembézar del Caudillo (Córdoba), Queipo de Llano (Sevilla).


El letrado argumenta que las menciones al dictador o a protagonistas de su régimen vulneran la Ley de Memoria histórica, cuyo artículo 15 obliga a las Administraciones Públicas a adoptar todas las medidas oportunas para retirar los escudos, las insignias, las placas y otras menciones conmemorativas que exalten la sublevación militar, la Guerra Civil y la represión de la dictadura.


A su juicio, "no existe mayor exaltación de la Guerra Civil y la dictadura que mantener el nombre de los máximos exponentes del conflicto en el apellido del pueblo", y por lo tanto, considera que "no existe mayor incumplimiento de la norma".


INMEDIATA REDEFINICIÓN


Ranz ha solicitado a la Federación, que preside el socialista Abel Caballero, la redefinición "inmediata" de los entes locales y de cumplimiento al artículo 15.1 de la Ley de Memoria Histórica con el objeto de proceder a la retirada de las posibles ayudas públicas y la pérdida de "derechos y usos de pertenencia a la FEMP".


El abogado, que ejercerá su derecho de petición para pedir a las diputaciones provinciales la retirada de las subvenciones, denunciará a nueve de los once alcaldes por un delito de delito de incitación al odio, previsto en el artículo 510 del Código Penal.


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