jueves, 28 de marzo de 2024 13:09
Sociedad

Las empresas, obligadas a mantener la cesta de Navidad

El Tribunal Supremo ha sentenciado que si la cesta de Navidad se viene repitiendo en el tiempo es un derecho adquirido por los trabajadores que se debe respetar y no se puede modificar unilateralmente. 

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Cestanavidad


El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que obliga a las empresas que han concedido cesta de Navidad a sus empleados de forma continuada a seguir manteniendo ese beneficio aunque la situación económica empeore. 


Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Expansión, sienta jurisprudencia y modifica la doctrina según la cual las empresas no estaban obligadas a mantener la cesta. El nuevo fallo viene por un caso que afecta a una empresa resultado de la fusión de otras dos, cuando una de ellas otorgaba cesta pero la otra no. 


De esta forma, el Alto Tribunal concluye que la cesta de Navidad, si se viene repitiendo en el tiempo, es una condición más beneficiosa o derecho adquirido por los trabajadores y se ha de respetar. Además, al tratarse de una concesión de carácter colectivo, su modificación o supresión debe venir dada con un pacto y no por una decisión unilateral. 



Con esta sentencia, el Supremo da un giro de 180 grados a lo que se establecía hasta la fecha y subraya que "es patente la voluntad inequívoca de la empresa de conceder este beneficio [...] hasta el punto de que todos los años el Departamento de Recursos Humanos elaboraba la lista de beneficiarios y la remitía al Departamento Comercial, que adquiría el producto y lo enviaba al almacén". 


Este derecho no se ve afectado por una fusión empresarial, asegura el fallo: "Que Esmena se fusionara con Mecalux no altera la naturaleza del beneficio, su carácter de condición más beneficiosa, ni permite que pueda ser suprimido de forma unilateral [...] por lo que ha de respetar las condiciones de las que disfrutaban los trabajadores hasta tanto no se proceda a la suscripción de un pacto colectivo que sea más favorable o una modificación sustancial de condiciones de trabajo, o pacto novatorio".

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