viernes, 19 de abril de 2024 09:53
Sociedad

​El juez rechaza una demanda colectiva por las preferentes de Caja Madrid

El TSMJ sostiene que Adicae y más de 3.000 ahorradores deben reclamar de forma individual y ha declarado nulas, por abusivas, algunas cláusulas de los contratos.

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Un Juzgado de Madrid ha rechazado la devolución por parte de Caja Madrid de la inversión en preferentes de un grupo de ahorradores minoristas encabezado por Adicae por haber presentado una acción colectiva en lugar de una individual.


La demanda fue interpuesta por Adicae y otros 3.057 ahorradores a través de una acción colectiva. El magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid no ha estimado la pretensión de devolución a estos ahorradores minoristas de lo depositado en la compra de preferentes de Caja Madrid.


No obstante, ha declarado nulas, por abusivas, algunas condiciones generales de tres contratos de compra de preferentes. En concreto, se refiere al contrato de orden de compra/suscripción/canje de valores, al de depósito o administración de valores y al de información de las condiciones de prestación de servicios de inversión.


Así, el Juzgado madrileño ha condenado a Caja Madrid Finance Preferred y a Bankia a eliminar estas condiciones y poner fin a su utilización. En concreto, condena a las entidades a cesar en la comercialización de preferentes como un valor de deuda, como si fuera un producto de renta fija o como si fuera un producto con fecha de vencimiento.


La sentencia pone de manifiesto algunas irregularidades en el proceso de comercialización de participaciones preferentes de Caja Madrid. Sin embargo, determina que las consecuencias de estas irregularidades deben hacerse valer mediante una acción individual de nulidad por error en el consentimiento y no a través del "planteamiento general y abstracto" de una acción colectiva.


El magistrado justifica esta decisión en que en una acción individual puede preguntarse al consumidor minorista si pensaba erróneamente que firmaba un depósito a plazo en lugar de una participación preferente y declararlo nulo.


En todo caso, la sentencia deja abierta la posibilidad a los inversores minoristas de obtener la restitución de lo depositado ejercitando acciones individuales de nulidad del contrato por error en el consentimiento.

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