jueves, 28 de marzo de 2024 10:19
Economía

España pierde su primer arbitraje internacional ante el Banco Mundial por los recortes a las renovables

El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. El Gobierno estudia recurrir la sentencia, que obliga al pago de 128 millones.

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Renovables 2


Los recortes aplicados desde 2010 a las energías limpias han pasado su primera gran factura. España ha perdido el primero de los arbitrajes internacionales fallados en la corte internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, por el tijeretazo a las renovables.


El laudo, que ha sido notificado ya a las partes, da la razón en sus pretensiones a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg, que ha contado en el proceso con el asesoramiento de Allen & Overy.


Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma un 36,95% en Aries Solar Termoeléctrica (Aste), que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz.


La inversión comprometida en estas tres centrales alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.


Tras ese momento, el sector fue sometido a diversos recortes retributivos, el primero de ellos a finales de 2010, con el PSOE en el poder, y el último, en 2013, con la aprobación de la reforma del sector eléctrico por parte del Gobierno del PP.


El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. En enero 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, aunque en aquella ocasión se pronunció a favor del Reino de España.


Ese fue el primer laudo arbitral internacional en resolverse de los interpuestos contra España en el sector renovable al amparo del Tratado de la Carta de la Energía.


Anteriormente, las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional habían avalado también los recortes aplicados por el Gobierno en esta materia en los últimos años.


UNA TREINTENA DE DEMANDAS


España acumula ante el Ciadi, dependiente del Banco Mundial, casi una treintena de demandas de inversores internacionales por los recortes aplicados a las energías renovables, ya que los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje.


En el caso español, las denuncias se centran tanto en los recortes a la energía solar y a la termosolar que el Gobierno aplicó a finales de 2010 como los acometidos por el actual Ejecutivo en funciones durante la legislatura concluida a finales de 2015.


Alvaro nadal 1


ENERGÍA ESTUDIA RECURRIR


Por su parte, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro Nadal,  considera que el laudo arbitral del Ciadi "no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante" para otros casos.


En una nota de prensa, el Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Nadal indicaron que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi.


El laudo, señala Energía en la nota, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias para las tres instalaciones termosolares de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014.


El laudo, afirma, "única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal, se considera excesivo".


"Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes", afirma Energía.


"NO CUESTIONA LA REFORMA ELÉCTRICA"


El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona "el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007".


El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, "que permitió acabar con el déficit de tarifa". 


Su contenido indica que "el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación", señala la nota.


El departamento dirigida por Álvaro Nadal también afirma que "las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales".

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