viernes, 19 de abril de 2024 06:19
Sociedad

La jueza del caso Aznalcóllar reclama que la Guardia Civil le informe sobre su investigación

El abogado de la agrupación empresarial México-Minorbis -adjudicataria de los derechos de explotación del yacimiento minero- critica que la UCO está practicando diligencias "a espaldas" de los investigados.

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Aznalcollar 4




La juez de Sevilla que investiga las presuntas irregularidades en la adjudicación a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar (Sevilla) ha reclamado a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que "haga entrega e informe" al Juzgado "del resultado de las diligencias de investigación que hubiera venido desarrollando hasta la fecha".


En un auto fechado el día 21 de julio, la juez de Instrucción número 3 de Sevilla, Patricia Fernández Franco, atiende de este modo la petición realizada por el abogado de Minorbis, Juan Carlos Alférez.


En un escrito, el letrado asevera que "ha tenido conocimiento indirecto" de que la UCO "pudiere estar tomando declaraciones testificales extra-muros del proceso, sin contradicción, interdicción ni control de la autoridad judicial a cuyo cargo está la investigación criminal".


DECLARACIONES A "ESPALDAS" DE LOS INVESTIGADOS


Juan Carlos Alférez señala que, "de manera presunta, el Instituto Armado pudiere estar incumpliendo el taxativo precepto ritual que le impone la obligación de comunicar al Juzgado en un plazo máximo de 24 las diligencias que practiquen".


Al hilo, recuerda que el artículo 295 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que, "en ningún caso, los funcionarios de la Policía Judicial podrán dejar transcurrir más de 24 horas sin dar conocimiento a la autoridad judicial o al Ministerio Fiscal de las diligencias que hubieran practicado, salvo en los supuestos de fuerza mayor".


Por ello, el letrado de Minorbis pide a la juez instructora que ordene a la Policía Judicial "que remita a la causa las actas de todas y cada una de las declaraciones testificales que se hayan practicado hasta la fecha a espaldas de los investigados y de sus letrados defensores".


TAMBIÉN SE PLANTEÓ EN LOS ERE


En este sentido, recuerda que en el caso ERE se planteó esta misma cuestión, ya que la UCO "tomó declaración a diferentes testigos y partes sin dar conocimiento a la instructora", y la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla "resolvió en el mismo sentido que esta parte ahora postula".


Según estableció la Audiencia en el caso ERE, "no traer al proceso esas declaraciones policiales, cuya incorporación ya estaba acordada en resolución judicial no dejada sin efecto, no solo incumple el principio de publicidad de la instrucción para las partes al no estar declaradas secretas las diligencias, sino que también puede conculcar el derecho de defensa de los imputados".


El abogado, por ello, solicita a la juez que, además de las testificales, se ordene poner en conocimiento del Juzgado el resto de diligencias que hasta la fecha hayan practicado al haber transcurrido un "dilatado" espacio temporal desde que se encargara el auxilio judicial de la UCO, lo que la magistrada hizo mediante auto de 31 de octubre de 2016.


"RECELOS"


Frente a ello, la juez dice que "debe atenderse a la concreta labor de investigación que viene desarrollado por expresa encomienda de este Juzgado la UCO, siendo por tanto irrefutable la legitimidad de la tarea de investigación que se estuviera llevando a cabo, al estar habilitada por una previa resolución judicial que sienta su contenido y alcance".


La instructora argumenta que, dada la "complejidad y extensión" de la presente causa, no es "razonable" exigir a la Guardia Civil "una dación de cuenta diaria, como parece pretenderse alegando el plazo de 24 horas del artículo 284 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".


No obstante, "sí debe atenderse a los recelos expuestos por la defensa de Minorbis en el sentido de que, de existir --a este Juzgado no le consta-- un cuerpo de atestado de cierta entidad correspondiente a declaraciones testificales, deben remitirse a este Juzgado a la mayor brevedad a fin de que puedan incorporarse al procedimiento, e instruir de su contenido a todas las partes personadas, dando debido cumplimiento al principio de contradicción, que debe también regir en fase de instrucción, cuando no consta declarado el secreto de actuaciones".


Así, la juez requiere a la UCO para que "haga entrega e informe a este Juzgado del resultado de las diligencias de investigación que hubiera venido desarrollando hasta la fecha".


Cabe recordar que el abogado Juan Carlos Alférez ha planteado esta misma cuestión en la causa de los cursos de formación, donde defiende al exconsejero de Hacienda de la Junta de Andalucía Ángel Ojeda, al entender que la UCO está haciendo indagaciones a "espaldas" de los investigados y sin informar a las partes.

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