CCOO y UGT confían en que el Constitucional ampare el recurso para una indemnización adicional por despido
Ambos sindicatos han participado activamente en la elaboración del recurso de amparo, junto con la abogada del trabajador
Las organizaciones sindicales CCOO y UGT confían en que el Tribunal Constitucional declare la nulidad de las sentencias del Tribunal Supremo que niegan la posibilidad de reconocer una indemnización adicional en los supuestos de despido improcedente.
En un comunicado, CCOO y UGT han indicado que han participado activamente en la elaboración del recurso de amparo interpuesto ante el Tribunal Constitucional, junto con la abogada del trabajador, para solicitar la nulidad de las sentencias que, en contra del criterio del Juzgado de lo Social nº 3 de Barcelona, rechazaron fijar una indemnización complementaria por los daños reales sufridos por el trabajador despedido, limitando la reparación al sistema tasado del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
Para ambos sindicatos, el Tribunal Constitucional tiene la oportunidad con este recurso de amparo de reafirmar que los derechos laborales deben ser aplicados de manera "efectiva" por los órganos judiciales.
En el recurso de amparo, las organizaciones sindicales sostienen que las resoluciones impugnadas vulneran el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al realizar una interpretación arbitraria y restrictiva del ordenamiento jurídico al negar valor jurídico interno al artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada.
Junto a ello, han defendido que la sentencia del Supremo desconoce el mandato constitucional de interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales ratificados por España y que la negativa a integrar el artículo 24 de la Carta Social Europea en el enjuiciamiento interno supone apartarse injustificadamente de compromisos internacionales plenamente ratificados por el Reino de España.
Las organizaciones sindicales han recordado que el Comité Europeo de Derechos Sociales ha declarado en decisiones de fondo, a raíz de reclamaciones colectivas promovidas por UGT y CCOO, que la regulación española del despido improcedente no garantiza una "indemnización adecuada" en los términos exigidos por el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada.
Además, han apuntado que el sistema indemnizatorio cerrado y tasado impide valorar los daños reales, patrimoniales y personales, derivados de un despido sin causa, afectando especialmente a colectivos vulnerables, como las personas trabajadoras de mayor edad.
NO ES UN DEBATE SOBRE CUANTÍAS INDEMNIZATORIAS
En este sentido, CCOO y UGT han apuntado que el recurso no se limita a un debate técnico sobre cuantías indemnizatorias, sino que está en juego "el propio sentido del contrato de trabajo como vínculo jurídico y estable, que no puede ser roto de forma unilateral por el empleador sin una reparación adecuada y disuasoria".
"La Carta Social Europea exige que, en caso de despido sin causa justificada, la persona trabajadora tenga derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada. Ello implica que el sistema no puede quedar reducido a una compensación automática y predeterminada que, en muchos casos, resulta insuficiente para reparar el daño real y carece de efecto disuasorio", han defendido.
En esta línea, CCOO y UGT han recordado que España ha ratificado la Carta Social Europea Revisada en su conjunto y el Protocolo adicional que establece el sistema de reclamaciones colectivas y que ambos instrumentos fueron aprobados con el aval del Parlamento español y forman parte del ordenamiento interno.
Por ello, confían en que el Tribunal Constitucional restablezca los derechos vulnerados y reafirme que España, como Estado social y democrático de Derecho, debe cumplir íntegramente los compromisos internacionales que ha ratificado.

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