martes, 24 de febrero de 2026 14:08

Economía

La UE aprueba la rebaja de exigencias ambientales de las empresas para aliviar la carga burocrática

Los Veintisiete han dado luz verde este martes a la reforma para rebajar las exigencias de sostenibilidad y diligencia debida que obligan a las empresas a informar sobre el impacto ambiental y social de su actividad, limitando su aplicación a grandes compañías y suavizando varios requisitos.
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Archivo - Sede del Consejo Europeo, a 23 de octubre de 2025, en Bruselas (Bélgica).

Los Veintisiete han dado luz verde este martes a la reforma para rebajar las exigencias de sostenibilidad y diligencia debida que obligan a las empresas a informar sobre el impacto ambiental y social de su actividad, limitando su aplicación a grandes compañías y suavizando varios requisitos.

Con esta medida, la Unión Europea busca reducir la carga burocrática y reforzar la competitividad económica, especialmente entre las pequeñas y medianas empresas, como parte de sus esfuerzos de simplificación administrativa.

Con las nuevas normas, solo las grandes compañías con más de 1.000 empleados y una facturación anual superior a 450 millones de euros deberán presentar informes de sostenibilidad. Las empresas de menor tamaño quedarán exentas de estas obligaciones y protegidas frente a la posibilidad de que grandes socios comerciales les trasladen responsabilidades de información.

Además, la reforma limita la obligación de las empresas de identificar y prevenir impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente a las compañías con más de 5.000 empleados y un volumen de negocio superior a 1.500 millones de euros, tanto de la UE como de terceros países que operen en el mercado comunitario.

Estas compañías deberán analizar los riesgos asociados a su actividad y a su cadena de suministro, pero podrán concentrar sus controles en las áreas donde exista mayor probabilidad de impactos negativos y limitar las solicitudes de información a socios comerciales de menor tamaño cuando no puedan obtenerla por otros medios.

La reforma elimina la obligación de aprobar un plan específico de transición climática y suprime el régimen armonizado de responsabilidad civil a escala europea, dejando en manos de cada país la aplicación de sanciones. En este contexto, el tope máximo de las multas se fija en el 3% de la facturación neta mundial de la empresa.

Además, se amplía en un año el plazo para que los países adapten la directiva a su normativa interna, hasta el 26 de julio de 2028, y las compañías deberán cumplir las nuevas exigencias antes de julio de 2029.

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