martes, 14 de abril de 2026 16:01

Economía

El TJUE cuestiona las medidas de España contra el abuso de contratos temporales en el sector público

Duda de la eficacia de las indemnizaciones y advierte de que mantener como indefinidos no fijos a los interinos perpetúa su precariedad
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Archivo - Bandera de la Unión Europea (UE).

Duda de la eficacia de las indemnizaciones y advierte de que mantener como indefinidos no fijos a los interinos perpetúa su precariedad

BRUSELAS, 14 (EUROPA PRESS TELEVISIÓN)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que las medidas previstas en España para hacer frente al uso de contratos temporales sucesivos en el sector público no se ajustan al Derecho de la Unión, al entender que no permiten sancionar "debidamente" estas prácticas ni "eliminar las consecuencias" del incumplimiento.

En una sentencia publicada este martes, el alto tribunal europeo responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre si el sistema español para corregir estos abusos --basado, entre otras medidas, en la figura del indefinido no fijo, indemnizaciones o procesos selectivos-- cumple con las exigencias de la normativa europea.

El asunto tiene su origen en el caso de una trabajadora que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid, cuya relación fue calificada por la justicia española como indefinida no fija tras apreciar una utilización irregular.

Sobre esta solución, el TJUE señala que "no constituye una medida adecuada", ya que "supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal" y, con ello, la "situación de precariedad" del trabajador, pese a que, según señala el tribunal, la estabilidad en el empleo es un elemento "primordial" de protección.

Además, apunta que las indemnizaciones previstas en la normativa española, que se abonan al extinguirse la relación laboral y están sujetas a límites máximos, no pueden constituir una reparación "proporcionada y efectiva" ni garantizar una compensación "adecuada e íntegra" de los daños.

En cuanto al régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, la justicia europea apunta que puede resultar insuficiente si no se basa en criterios claros y previsibles y no va acompañado de otras medidas efectivas y disuasorias.

Asimismo, el TJUE cuestiona que la convocatoria de procesos selectivos que valoran la experiencia previa sirva para corregir estos abusos, ya que no garantiza que los trabajadores afectados obtengan una plaza ni evita que la situación se prolongue.

En todo caso, el tribunal europeo recuerda que corresponde al Tribunal Supremo evaluar si la normativa española cumple con los requisitos del Derecho de la Unión y resolver el litigio concreto.

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