Paradores y sindicatos firman el preacuerdo para el nuevo convenio, con subida salarial de hasta el 11%
Paradores y los sindicatos CSIF, CCOO y UGT han formalizado este jueves la firma del preacuerdo para alcanzar un nuevo convenio colectivo, que garantiza una subida salarial de hasta el 11% hasta 2027, con un incremento adicional de 2% a partir de 2028, según un comunicado de la hotelera pública.
Además, el pacto logra equiparar el sueldo base de toda la plantilla de los niveles 4 y 5 al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mediante incrementos lineales, asegura el cobro del 100% de la primera baja laboral sin descuentos y establece una mesa de negociación para trasvasar la prima de producción al salario fijo.
Al encuentro de la firma en el Parador de Alcalá de Henares han asistido la presidenta de Paradores, Raquel Sánchez, el secretario general, Ricardo Mar, y la directora de Recursos Humanos, Rebeca Rojo, además de Omar Rodríguez, de FeSMC-UGT, Marcos Gutiérrez, de CCOO-Servicios, y José Manuel García, de CSIF.
Por tanto, el texto inicia ahora su tramitación administrativa previa a su entrada en vigor. En concreto, deberá contar con la autorización por parte de la Dirección General de Patrimonio, así como el visto bueno de Costes de Personal, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Una vez superados dichos trámites, el nuevo convenio podrá ser publicado en el registro oficial REGCON, momento a partir del cual entrará en vigor y podrá comenzar su aplicación efectiva.
Por su parte, FeSMC-UGT ha querido trasladar una valoración positiva del acuerdo alcanzado, aunque ha señalado que "algunas reivindicaciones importantes han quedado fuera debido a las condiciones planteadas por la empresa".
Aún así, considera en su comunicado que este convenio supone "un avance real y tangible para la plantilla".
Con respecto a otras medidas presentes en el nuevo convenio, en relación con la distribución irregular de la jornada, el texto establece la reducción por debajo del 10% de flexibilidad en la jornada anual y contempla condiciones mucho más restrictivas y controladas para su aplicación.
Sobre la incapacidad temporal, abarca cobertura del 100% del salario en la primera baja hasta un máximo de 65 días y cobertura del 90% del salario en la segunda baja, pero a partir del día 16 baja al 80% hasta 65 días.
Por otro lado, el convenio incorpora diversas medidas de carácter social: modificación del plus de distancia, ampliando los supuestos de acceso mediante la posibilidad de cambio voluntario de domicilio; equiparación del calzado laboral entre hombres y mujeres; y refuerzo de los fondos sociales, incluyendo mecanismos de préstamo, y desarrollo de acciones formativas.

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