jueves, 23 de abril de 2026 13:13

Economía

La UE acuerda nuevas reglas para que el país donde se trabaja asuma el pago del paro en casos transfronterizos

El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para actualizar las normas de coordinación de los sistemas de Seguridad Social en la UE, que incluye cambios en el pago del desempleo en situaciones transfronterizas para que sea el país donde se trabaja el que asuma la prestación en determinados casos.
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El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para actualizar las normas de coordinación de los sistemas de Seguridad Social en la UE, que incluye cambios en el pago del desempleo en situaciones transfronterizas para que sea el país donde se trabaja el que asuma la prestación en determinados casos.

El pacto, que llega tras años de negociaciones, revisa las reglas actuales para aclarar qué Estado miembro es responsable de pagar prestaciones como el paro, las ayudas familiares o los cuidados de larga duración cuando una persona vive o trabaja en más de un país de la Unión.

Entre alguna cosas, la reforma fija criterios más concretos para los casos de desempleo y establece que, tras un periodo mínimo de cotización de 22 semanas, el país donde se ha trabajado será el competente para abonar la prestación. Además, amplía de tres a seis meses el periodo durante el cual un trabajador puede seguir percibiendo el paro de su país al trasladarse a otro Estado miembro para buscar empleo.

Estas nuevas disposiciones pretenden evitar que el coste recaiga en países en los que el trabajador no ha contribuido al sistema, al tiempo que garantizan un reparto más equilibrado de las cargas entre administraciones.

El texto incorpora también un marco común para coordinar las prestaciones de cuidados de larga duración entre Estados y aclara cómo deben repartirse las ayudas familiares cuando los miembros de una unidad familiar residen o desarrollan su actividad en distintos países.

Asimismo, fija con mayor claridad en qué casos los gobiernos pueden limitar el acceso a determinadas ayudas sociales a ciudadanos de la UE que no trabajan, y refuerza las normas aplicables a los trabajadores desplazados con el objetivo de mejorar el control y prevenir prácticas abusivas, como el uso de empresas pantalla.

El acuerdo introduce además cambios en la obligación de avisar a las autoridades cuando una empresa envía a un trabajador a otro país. En general, este aviso previo seguirá siendo obligatorio, pero no se exigirá en viajes de trabajo muy cortos --de hasta tres días en un periodo de 30--, mientras que en sectores como la construcción se aplicarán controles más estrictos.

También contempla medidas para actuar en caso de incumplimiento por parte de las empresas y revisa algunos de los criterios utilizados para determinar la actividad en varios países, con el fin de simplificar su aplicación.

Por último, el pacto, que deberá ser ahora aprobado formalmente por el Consejo y el Parlamento antes de su adopción definitiva, incluye mejoras en la cooperación entre autoridades nacionales, refuerza el intercambio de información y apuesta por una mayor digitalización de los procedimientos, con el objetivo de agilizar los trámites tanto para trabajadores como para empresas.

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