martes, 26 de mayo de 2026 21:22

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Armengol no tiene inconveniente en acudir a la comisión del Senado sobre el 'caso Koldo', pero consultará a los letrados

La presidenta del Congreso, Francina Armengol, no tiene inconveniente en acudir a la comisión creada en el Senado para investigar el 'caso Koldo', pero consultará a los servicios jurídicos sobre el alcance de esa petición cuando se formalice.
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La presidenta del Congreso, Francina Armengol, a su llegada a una reunión de la Mesa del Congreso de los Diputados, a 19 de marzo de 2024, en Madrid (España).

La presidenta del Congreso, Francina Armengol, no tiene inconveniente en acudir a la comisión creada en el Senado para investigar el 'caso Koldo', pero consultará a los servicios jurídicos sobre el alcance de esa petición cuando se formalice.

El PP, que cuenta con mayoría en la Cámara Alta, ya ha adelantado que una de las personas a las que citarán será la tercera autoridad del Estado, puesto que era presidenta de Baleares durante la pandemia, cuando su ejecutivo contrató a la empresa vinculada a la trama por la que está siendo investigado Koldo García Izaguirre.

Fuentes del entorno de Armengol no ven a priori ningún impedimento legal para que la presidenta de Congreso sea interrogada en ese órgano del Senado. No obstante, su intención es consultar a los servicios jurídicos de la institución una vez que reciban esa petición formal de comparecencia.

El artículo 76.2 de la Constitución establece que "será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras" en el marco de las comisiones de investigación.

OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL
Este precepto constitucional se desarrolló a través de la Ley Orgánica de comparecencia ante las Comisiones de Investigación del Congreso y del Senado o de ambas Cámaras, que data de 1984.

En su artículo primero esa norma recalca que "todos los ciudadanos españoles y los extranjeros que residan en España están obligados a comparecer personalmente para informar, a requerimiento de las comisiones de investigación nombradas por las cámaras legislativas".

Y en su segundo punto ese mismo artículo recoge que las Mesas de las Cámaras "velarán por que ante las comisiones de investigación queden salvaguardados el respeto a la intimidad y el honor de las personas, el secreto profesional, la cláusula de conciencia y los demás derechos constitucionales".

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