El Congreso aprueba su nuevo Reglamento en lenguaje no sexista que elimina el masculino genérico y rechazan PP y Vox
El Pleno da también luz verde a las sanciones a quienes, teniendo acreditación de prensa, obstruyan el trabajo de los medios
El Pleno del Congreso ha aprobado este martes su nuevo Reglamento, unas normas internas que se han reescrito en lenguaje no sexista, superando el masculino genérico, a través de la introducción de desdobles y términos inclusivos, y que ha salido adelante con el voto en contra del PP, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN).
Esta reforma, impulsada por el PSOE y Sumar, ve definitivamente la luz más de un año después de que arrancara su andadura parlamentaria. Fue tomada en consideración por el Pleno del Congreso en la primavera de 2024, después los grupos presentaron sus enmiendas parciales, pero no se retomó hasta la semana pasada, coincidiendo con la tramitación de otra modificación parlamentaria para poder sancionar a personas con acreditación de prensa en el Congreso que dificulten la labor parlamentaria o de los medios.
Los servicios jurídicos del Congreso redactaron una nota de observaciones técnicas relativa a esta reforma en la que hacían una serie de propuestas para afinar el texto registrado por PSOE y Sumar, pues alertaban de que en muchos casos, con la redacción que se proponía, se introducía en "algunos preceptos un elemento de ambigüedad que podría dificultar su correcta aplicación en el futuro".
En esa nota, a la que tuvo acceso Europa Press, los letrados pedían valorar la posibilidad de limitar la reforma a la introducción de nueva disposición adicional en el Reglamento, siguiendo lo que se ya se ha hecho en el ámbito de la Administración General del Estado y en algunos proyectos de ley remitidos a la Cámara.
REDUCIRLO A UNA DISPOSICIÓN ADICIONAL
Así, planteaban que, en lugar de reescribir todo el Reglamento, se optase por una disposición genérica que señalase que todas las denominaciones en "género masculino inclusivo" se entendieran "realizadas tanto en género femenino como en masculino", o bien que se redactase una más concreta con ejemplos de las menciones que debieran entenderse como "referidas" también género femenino --diputado o diputada, Rey o Reina, ciudadano o ciudadana... etc--.
Aunque se han incorporado algunos ajustes técnicos, el PSOE y sus socios rechazaron reducir esta reforma a una disposición adicional al Reglamento como sugerían los letrados, a cuyos advertencias se han referido desde Vox y el PP para criticar el texto.
El Pleno también ha dado luz verde a otra reforma reglamentaria, la auspiciada por el PSOE y sus socios para, por un lado, introducir sanciones para las personas acreditadas como periodistas que obstaculicen la labor parlamentaria o el trabajo de los medios de comunicación, y por otro ampliar las causas para que sus señorías puedan solicitar el voto telemático. Esta modificación también ha contado con la oposición de PP, Vox y UPN.
AJUSTES SUGERIDOS POR LOS LETRADOS
Durante su paso por comisión, los socialistas y sus aliados aprovecharon para ajustar el texto como, habían propuesto los servicios jurídicos de la institución, mediante una enmienda transaccional.
Y es que los letrados habían, en una nota de observaciones técnicas a la que tuvo acceso Europa Press, habían alertado de que la norma podría limitar "el derecho a la libertad de información" y provocar "inseguridad jurídica" y pedían valorar si concurrían "requisitos para su legitimidad". En este contexto propusieron, entre otras cosas, incluir un régimen de prescripción para las sanciones.
Así, el texto aprobado este martes delimita de manera explícita que los periodistas pueden ser sancionados si cometen infracciones en el "recinto parlamentario" y las "zonas o edificios adscritos al Congreso" y también ponen el foco en que tengan la autorización o credencial pertinente a la hora de desarrollar las labores como profesionales de la información.
Quienes no estén acreditados podrán ser sancionados de manera leve por acceder a al recinto parlamentario sin la pertinente credencial o de manera grave si graban imágenes o audios fuera de los espacios habilitados para ello.
También se tipifica como infracción grave no sólo la "interrupción" ruedas de prensa, como preveía el texto original, sino también su "obstrucción", así como desoír las directrices o instrucciones de la persona que coordine las ruedas de prensa u otros encuentros con las formaciones políticas.
LAS INFRACCIONES PRESCRIBIRÁN
Como infracción muy grave se tipifica la publicación en medios o redes sociales de las imágenes o audios obtenidos mediante dispositivos ocultos o en las zonas reservadas a los grupos parlamentarios, como los despachos, y la de los que se obtengan sin autorización de la Cámara, contengan datos de carácter personal o vulneren la intimidad de las personas.
Además, la publicación en un medio de comunicación de grabaciones de imágenes o audios en contra de lo dispuesto en la reforma del Reglamento sin indicar su autoría implicará la suspensión de todas las credenciales vinculadas al medio que los difunda durante un tiempo entre tres meses y un día o tres años.
En la redacción definitiva se incluye una reducción de cinco a tres años del plazo máximo de suspensión de credencial por cometer una infracción muy grave y el régimen de prescripción que sugerían los servicios jurídicos. "Las infracciones muy graves prescribirán a los seis meses, las graves a los tres y las leves al mes".
AMPLIACIÓN DEL VOTO TELEMÁTICO
Esta reforma ha servido también para ampliar los supuestos en los que sus señorías podrán solicitar el voto telemático. En concreto, además de por enfermedad, maternidad o paternidad podrán solicitarlo por tratamientos de reproducción asistida y para cuidar al cónyuge o pareja de hecho u otros familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad o personas dependientes.
Para solicitar autorización para votar a distancia bastará con presentar una declaración responsable del diputado que lo pida, pudiendo la Mesa del Congreso, que es la que tiene que dar o no permiso, requerir información adicional o documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
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