domingo, 19 de abril de 2026 12:09

Reacciones

Interior admite a Sumar que su capacidad para vetar el registro de entidades neonazis es limitada y remite a la Justicia

El grupo plurinacional se quejaba de la inscripción de Núcleo Nacional pese a sus mensajes xenófobos contra la inmigración
|

Archivo - Un grupo de personas durante una manifestación en contra de la regulación masiva de migrantes anunciada por el Gobierno central y la gestión de los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gelida, a 7 de febrero de 2026, en Madrid (España).

El grupo plurinacional se quejaba de la inscripción de Núcleo Nacional pese a sus mensajes xenófobos contra la inmigración

El Gobierno ha admitido que su capacidad para impedir la inscripción de partidos políticos o asociaciones de ideología neonazi es limitada, ya que su función registral tiene "un nulo contenido material de carácter decisorio" y debe ceñirse a la verificación de aspectos formales, al tiempo que subraya que el control del funcionamiento de esas formaciones "no corresponde a la Administración, sino al orden jurisdiccional".

En contestación escrita a una pregunta parlamentaria de diputados de Sumar, el Ejecutivo señala que las actuaciones del Registro de Partidos Políticos se rigen por el Registro de asociaciones políticas de 1976 y por la reiterada doctrina del Tribunal Constitucional sobre la "limitada capacidad de actuación de la Administración en este ámbito".

Además, añade que el artículo 6 de la Constitución establece que la creación y el ejercicio de la actividad de los partidos son libres "dentro del respeto a la Constitución y a la ley", lo que implica que tanto su creación como su funcionamiento no pueden estar sometidos al control de la Administración.

En ese marco, el Gobierno cita la sentencia 48/2003 para precisar que el principio constitucional de libre creación de partidos políticos "veda, pues, cualquier injerencia de las autoridades administrativas que lo menoscabe o elimine". Por ello, sostiene que la Administración únicamente puede negar la creación de partidos por los motivos expuestos en el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2002.

Asimismo, recalca que el control del funcionamiento de los partidos corresponde a los tribunales, y remite a las sentencia del TC 85/1986, "en el sentido de que la tutela de los posibles derechos de terceros, incluida la de los partidos de denominación similar, debe corresponder al orden jurisdiccional y no a la competencia administrativa'".

QUEJAS ANTE LA INSCRIPCIÓN DE NÚCLEO NACIONAL
En la pregunta, varios parlamentarios de Sumar denunciaban la inscripción de la entidad ultraderechista Núcleo Nacional en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior bajo la denominación 'Noviembre Nacional', con sede en Valladolid y ámbito de actuación estatal.

Y sostenían que, según antecedentes policiales, esa organización había participado en protestas, algunas derivaron en incidentes violentos, incluidos actos celebrados frente a la sede del PSOE, y que en redes sociales se habrían difundido contenidos protagonizados por militantes encapuchados en los que se aludiría a postulados ideológicos asociados a la ultraderecha, así como mensajes relativos a la expulsión de personas inmigrantes empleando el término "remigración".

También indicaban que la Guardia Civil inició en abril de 2025 diligencias a raíz de la difusión de un vídeo en el que se instaba a una "defensa activa" de las calles y a una "lucha conjunta contra la invasión", y que la organización había promovido concentraciones frente a un centro de acogida de menores tutelados en Madrid y ante el Congreso.

A partir de ahí, los diputados de Sumar preguntaban al Gobierno del que su grupo forma parte qué comprobaciones previas realiza Interior para verificar que una organización que accede al Registro de Partidos Políticos cumple los principios constitucionales, si ha solicitado o prevé solicitar a la Fiscalía la revisión de la legalidad de 'Noviembre Nacional' y qué medidas piensa adoptar para impedir que organizaciones que promuevan ideologías contrarias a los valores constitucionales utilicen la figura jurídica de partido para su actividad pública o financiación.

Última hora

COMENTAR

Sin comentarios

Escribe tu comentario




He leído y acepto la política de privacidad

No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
Última hora

Pressdigital
redaccion@pressdigital.es
Powered by Bigpress
RESERVADOS TODOS LOS DERECHOS. EDITADO POR ORNA COMUNICACIÓN SL - Publicidad
Aviso-legal - Política de Cookies - Política de Privacidad - Configuración de cookies - Consejo editorial
CLABE