viernes, 29 de marzo de 2024 06:44
Sociedad

Los cerdos vietnamitas quedarán prohibidos desde el 1 de enero de 2022

Tampoco se permitirá tener serpientes pitones, tortugas de Florida o varanos de la sabana. La normativa permite mantenerlos después de esa fecha, siempre que los dueños comuniquen a la comunidad autónoma correspondiente su tenencia y esta fije unas condiciones de control.

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Poseer, transportar, traficar o comerciar con ejemplares vivos de cerdos vietnamitas, serpientes pitones, tortugas de Florida o varanos de la sabana y dos plantas quedará prohibido en España a partir del 1 de enero de 2022, de acuerdo con el Real Decreto aprobado este viernes por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica.


Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, ha informado de que el Real Decreto regula el Catálogo de Especies Invasoras en España, de modo que se añaden tres reptiles, un mamífero y dos plantas. La portavoz se ha tomado con humor la incorporación de estas especies a las que ha citado entre risas.


La normativa permite mantenerlos después de esa fecha, siempre que los dueños comuniquen a la comunidad autónoma correspondiente su tenencia y esta fije unas condiciones de control, tales como su esterilización, marcaje o una declaración responsable de que no se liberarán al medio ambiente ninguna de estas seis especies.


Cerdo vietnamita

Los científicos advierten del riesgo de hibridación del cerdo vietnamita con el jabalí salvaje / Oswaldo Rubio


En el marco de este Real Decreto, el Ejecutivo ha aprobado también la lista de especies exóticas invasoras "preocupantes" para Islas Canarias, con 48 especies, según obliga la Unión Europea para las regiones ultraperiféricas, por sus singulares características biogeográficas y climáticas y por su lejanía, insularidad y el carácter único de su biodiversidad.


Esta revisión se realiza a propuesta de varias entidades científicas, y supone añadir al catálogo español tres especies de reptiles (varano de la sabana, pitón real y tortuga de la península, originaria de Florida, un mamífero (cerdo vietnamita) y dos plantas (estas dos solo en Canarias) como son el tabaco moruno y la hierba de la pampa, que ya estaba incluida en la Península.


La posesión de estos reptiles y el cerdo vietnamita como mascotas ha aumentado en los últimos años y lo que ocurre es que los dueños de estas mascotas se terminan cansando de ellas o porque no pueden afrontar los cuidados necesarios.


De hecho, el Ministerio para la Transición Ecológica apunta que algunos centros de acogida españoles ya está saturados de ejemplares de los que sus propietarios se deshacen. Otras veces pueden terminar liberados en la naturaleza, tanto de manera voluntaria o involuntaria.


CERDO VIETNAMITA


En el caso del cerdo vietnamita, el Comité Científico recomendó en 2016 incluirlo en el Catálogo por el riesgo sanitario y medioambiental que ya supone su actual presencia asilvestrada en el medio natural.

Los científicos advierten del riesgo de hibridación con el jabalí salvaje que, además de las consecuencias inherentes a la hibridación, podría aumentar los problemas de sobrepoblación de jabalíes que ya existe en muchas regiones de España.


Por su parte, en el caso de las tres especies de reptiles también se ha incluido al varano de la sabana, pitón real y tortuga de la península de Florida porque suponen un riesgo sanitario y para la biodiversidad. Desde 2015 existe un dictamen del Comité Científico que recomendó también su inclusión en el Catálogo.


La pitón real (Python regius) es una especie de serpiente que engulle sus presas vivas o tras asfixiarlas y tiene preferencia por roedores, lo que la convierte en una potencial competidora frente a otras especies autóctonas y puede afectar a la cadena trófica.


El varano de la sabana (Varanus exanthematicus), originario de Togo (África), es una especie de lagarto de gran tamaño que en España tiene condiciones climáticas similares a las de su región originaria y hábitats comunes como praderas y bosques. Su territorialidad, agresividad y tamaño podrían comprometer la supervivencia de numerosas especies autóctonas de nuestro medio natural.


Por su parte, la tortuga de Florida (Pseudemys peninsularis), cuya dieta es fundamentalmente herbívora, puede competir con otros organismos acuáticos, como tortugas autóctonas o peces ciprínidos. Esto puede ocasionar daños a la biodiversidad y las pérdidas económicas a la pesca fluvial, al tiempo que es transmisora de la salmonelosis.


QUÉ HACER


Según ha explicado el jefe del Servicio de Vida Silvestre del Ministerio para la Transición Ecológica, Ricardo Gómez, una vez que entre en vigor el Real Decreto, ya no se podrán vender estas especies, pero hay algunas "excepciones" en la tenencia para los propietarios que quieran seguir manteniéndolas como mascotas.


Así, ha explicado que tendrán que informar de su posesión antes del 1 de enero de 2022 a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla y estas, fijarán requisitos como la esterilización, el marcaje, la declaración responsable para no liberarlo al medio ambiente. También ha añadido que se permite la tenencia con fines de investigación o conservación y divulgación como los zoológicos. También será obligatorio informar si este se escapa.


Quienes no quieran quedarse a los ejemplares, sus propietarios podrán entregarlos a las autoridades voluntariamente y de manera temporal hasta que los recojan las autoridades comepetentes, cederos a las tiendas de mascotas o en núcleos zoológicos que "harían una función de intermediarios".


En el caso de que las especies ya estén asilvestradas en el medio natural, las comunidades autónomas tendrán que vigilar y controlar estas poblaciones.


Gómez ha precisado que el Catálogo español aprobado en 2013 incluye 185 especies y ahora se incluyen estas cuatro especies de animales y dos de plantas. "No se excluye ninguna especie de las anteriores. Se añaden estas", ha aclarado.


CANARIAS


En Canarias se ha elaborado una lista específica que también se aprueba en este Real Decreto ya que así lo establece la normativa europea para las regiones ultraperiféricas.


En la actualidad, hay una lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión europea (actualmente incluye 49 especies), en regiones ultraperiféricas, como la Macaronesia por sus características biogeográficas y climáticas y en particular su lejanía, insularidad y el carácter único de su biodiversidad, se debe establecer un listado específico de estas especies exóticas invasoras.


El listado canario incluye 48 especies, de las que 19 son plantas como el cacto cilíndrico, el tojo, la alisaja y la cisca), nueve son mamíferos (como la mangosta amarilla, el feneco y el petauro del azúcar), tres son aves (cotorra alejandrina, suirirí color, miná del Himalaya), y el resto (17) son reptiles (como el perenquén tokay, el perenquén diurno de Madagascar, la iguana común y el lagarto espinoso).


Estas especies no estaban incluidas en Catálogo español de especies exóticas invasoras de 2013, pues no están presentes en Canarias en el medio natural o tienen una presencia muy esporádica o puntual.


Son especies para las que existe un cierto riesgo de que puedan llegar al medio natural pues se utilizan en el comercio, jardinería, mascotas, etcétera, y para las que se han hecho análisis de riesgo que demuestran su alta potencialidad como invasoras.


Ahora, también quedará prohibida su posesión, venta, transporte, comercio e introducción en el medio natural para evitar su escape o introducción accidental. El Real Decreto prevé un sistema de vigilancia de las administraciones sobre dichas especies, una serie de mecanismos para realizar controles oficiales sobre las mismas, los medios de notificación en el caso de detección temprana de su presencia en las Islas y los instrumentos para su rápida erradicación.


Finalmente, el jefe de Especies Silvestres ha apelado a la responsabilidad de los ciudadanos para entregar de forma voluntaria sus ejemplares y especialmente insiste en la importancia y obligación legal en España de no liberar ninguna especie "ni alóctona ni autóctona" en el medio natural.

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