martes, 23 de abril de 2024 17:40
Economía

El Ministerio de Agricultura abre una consulta pública sobre las ayudas a productores de flor cortada

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha abierto el proceso de información pública al proyecto de real decreto por el que se establecen los requisitos para conceder subvenciones al sector de la flor cortada y la planta ornamental, como consecuencia de la crisis de la Covid-19.
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Abeja polinizando las flores de una esparceta ('Onobrychis viciifolia')

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha abierto el proceso de información pública al proyecto de real decreto por el que se establecen los requisitos para conceder subvenciones al sector de la flor cortada y la planta ornamental, como consecuencia de la crisis de la Covid-19.

A los efectos de recabar la opinión de los ciudadanos, así como de las organizaciones representativas del sector, hasta el 15 de julio los interesados podrán examinar el documento y formular las alegaciones que consideren oportunas a una iniciativa con la que el Gobierno pondrá a disposición de los productores hasta 10,5 millones de euros procedentes de los Presupuestos Generales del Estado.

El objetivo es compensar a los agricultores por las pérdidas sufridas entre el 14 de marzo y 15 de mayo como consecuencia de las limitaciones derivadas del estado de alarma y que supuso la suspensión de actos como la Semana Santa, Las Fallas o las festividades del Día de la Madre o Día del Libro.

Las subvenciones destinadas a la flor cortada y planta ornamental -uno de los pocos sectores agrarios que no dispone de ayudas de la PAC, ni de herramientas de regulación de mercado- se concederán en régimen de concurrencia competitiva y exclusivamente en el ejercicio de 2020.

Los beneficiarios, titulares de explotaciones que acrediten la destrucción de producción entre las fechas indicadas, cobrarán en función de la superficie de cultivo ocupada por esa vegetación destruida.

Para documentar la cantidad de flor o planta de la que se hayan desecho, los interesados podrán servirse de actas notariales, certificados o informes de técnicos competentes o entidades de certificación acreditadas u otros que las comunidades autónomas puedan articular, siempre con el fin de que quede acreditada la destrucción.

Las ayudas serán compatibles con otras de idéntica finalidad cuando la suma total no exceda del valor del material perdido, así como con otras subvenciones concedidas para paliar los efectos de la Covid-19 en el sector. Las explotaciones de titularidad compartida serán consideradas prioritarias. Además, las comunidades autónomas podrán establecer criterios adicionales de priorización.

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