jueves, 25 de abril de 2024 03:06
Politica

Interior suspende los permisos y salidas programadas de las siete prisiones de Madrid por la Covid-19

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, ha decidido suspender a partir del próximo lunes los permisos y salidas programas de las siete cárceles de la Comunidad de Madrid tras "monitorizar" la situación de pandemia de coronavirus.
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Reunión de Instituciones Penitenciarias para monitorizar la situación de la pandemia de Covid-19

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, ha decidido suspender a partir del próximo lunes los permisos y salidas programas de las siete cárceles de la Comunidad de Madrid tras "monitorizar" la situación de pandemia de coronavirus.

Según ha informado Prisiones, la decisión se ha adoptado tras la reunión en la que se monitoriza a diario, y "caso a caso", la evolución de la pandemia "para adoptar medidas de protección de trabajadores y población penitenciaria". La medida no afecta a las comunicaciones ordinarias, por locutorio, y se refuerza el sistema de videollamadas para paliar las restricciones.

Instituciones Penitenciarias ha informado de que, además, se mantiene la suspensión de las comunicaciones íntimas, familiares y de convivencia en los siete centros penitenciarios de la Comunidad de Madrid, así como de otra treintena de centros penitenciarios, incluyendo los de País Vasco, Castilla y Léon o Las Palmas de Gran Canaria, donde Las Palmas II tiene ddemás restringida las visitas por locutorio y las salidas de permiso o programadas.

La vigencia de estas restricciones se revisa cada tres semanas para su prórroga o cancelación, según Instituciones Penitenciarias, que añade que la suspensión de las comunicaciones se enmarca en la orden ministerial INT/407/2020 de 12 de mayo, en la que se establecía la posibilidad de revertir la vuelta a la normalidad "si la situación epidemiológica así lo aconseja".

También se remite a lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria sobre restricciones a las comunicaciones.

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