viernes, 19 de abril de 2024 08:05
Sociedad

El TSJC lamenta las "descalificaciones gratuitas" contra los jueces por el caso 4F

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha lamentado "las descalificaciones gratuitas que se han hecho de la juez de instrucción, del tribunal sentenciador y del Tribunal Supremo" tras la emisión del documental 'Ciutat Morta' sobre el caso 4F.

"No es aceptable y mucho menos si parte de instituciones, que se ofrezca credibilidad a documento audiovisual o a las declaraciones de personas interesadas sin que ni siquiera se hayan examinado las resoluciones judiciales nacidas de un proceso que cumplió con todas las garantías exigibles", razona un acuerdo de la Sala del Gobierno del TSJC del martes 27 de enero, fuera del orden del día.

El acuerdo, distribuido este jueves al conjunto de jueces y magistrados de Catalunya y a los medios de comunicación, concluye que, tanto la instrucción del caso como el juicio oral, "se realizaron con estricta observancia de los derechos constitucionales y legales de los acusados, especialmente, el de defensa".

El TJSC, que justifica haber hecho el escrito "a la vista de la polémica social y mediática surgida con la emisión", sostiene también que las denuncias que presentaron cuatro de los condenados por lesiones y malos tratos fueron objeto de una investigación "suficiente y adecuada".

Insiste en que la sentencia que condenó a cinco jóvenes por los incidentes del 4 de febrero de 2006 en los que un agente de la Guardia Urbana acabó tetrapléjico tras recibir el golpe de un objeto fue ratificada por el Tribunal Supremo, que aumentó las penas de prisión de tres de ellos.

Tras examinar las actuaciones, el TSJC recuerda sobre la condena a Rodrigo Lanza que la sentencia consideró probado "el lanzamiento de una piedra por dicha persona que impacta frontalmente al agente guardia urbano lesionado" tras valorar el testimonio de agentes, vecinos y asistentes a la fiesta en un un edificio de la calle Sant Pere més Baix de Barcelona.

"Dando por demás una amplia respuesta a la desestimación de la tesis de una maceta arrojada desde la casa ocupada como mecanismo lesivo", que es lo que sostiene tanto el documental como la defensa de los condenados.

En cuanto a Patricia Heras, condenada por lesiones a dos guardias urbanos distintos al que quedó tetraplégico y por atentado a agente de la autoridad y que se suicidó durante un permiso penitenciario, el TSJC avala la exclusión de la tesis de la defensa de había acudido al hospital -donde fue detenida- por un accidente de bicicleta.

"PARTICULARÍSIMA ESTÉTICA"

Concreta que las lesiones de Heras fueron contusiones y no de arrastre o fricción -que son propias de las caídas de moto y bicicleta- y "la ausencia de todo daño en sus ropas pese a la caída discreta por el conductor de la ambulancia que les trasladó al hospital".

"El tribunal señala, además, que la particularísima estética capilar de la acusada aquel día -media cabeza rapada y la otra mitad con el cabello semejando un tablero de ajedrez- dificulta hasta descartar su confusión con otras personas", añade.

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