jueves, 25 de abril de 2024 15:59
Sociedad

La polícia podrá retener  hasta 6 horas a un ciudadano en comisaría 

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El Gobierno ha aprobado este viernes el proyecto de ley de Seguridad Ciudadana en el que ha introducido enormes cambios respecto al anteproyecto inicial aprobado en noviembre pasado. Las protestas por el contenido de la ley y, sobre todo, las recomendaciones formuladas de los órganos consultivos y asociaciones han llevado a los cambios en el texto que hoy está en la mesa del Consejo de Ministros.

La ley de Seguridad Ciudadana inició su andadura con gran polémica por las sanciones que atribuía a numerosas conductas, dividiéndolas entre faltas muy graves (sancionadas con multas de entre 30.001 euros y 600.000 euros), graves (entre 30.000 y 1.000 euros) o leves (con multa de entre 100 y 1.000 euros).

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha señalado que lo que mejor resume el contenido del proyecto de ley es lo que el dictamen del Consejo de Estado recoge: "guarda la prudente ponderación y contrapeso entre los principios de igualdad, libertad y seguridad, que a juicio del Consejo de Estado merece una consideración positiva. Así, ha destacado que la nueva norma tiene cuatro ejes: hace posible la despenalización de las faltas (hasta ahora en el Código Penal), de manera que estarán en la norma administrativa sancionadora; supone una nueva regulación de las potestades policiales (identificaciones, cacheos... etc); mejora la tipificación de las infracciones incrementando la seguridad jurídica, por último, la nueva ley no trata de sancionar más sino de sancionar mejor.

El ministro ha explicado que por primera vez se se define el concepto de 'seguridad ciudadana' frente al "difuso" de 'orden público'. También identifica los fines que deben perseguir los poderes públicos y los principios que se deben respetar siempre. Respecto al marco jurídico, el ministro se ha vanagloriado de que es más adecuado para que el trabajo de las fuerzas de seguridad y regula con detalle y con más garantías para los ciudadanos las potestades de intervención policial. En este punto, en el de las identificaciones, Fernández Díaz ha comentado que "la identificación debe respetar los principios de no discriminación, de manera que prohíbe las identificaciones indiscriminadas o por cuestiones étnicas.

En cuanto al régimen sancionador, el ministro ha comentado que no se modifica mucho respecto al de 1992, al menos en las cuantías. Además, se mantiene la tipificación de sanciones leves, graves y muy graves. Siempre se sancionará con el grado mínimo aquellas sanciones graves o muy graves, salvo aquellas que incurran en reincidencia.

Por otro lado, sólo se pretende sancionar la conductas violentas o coactivas. La ley, por primera vez, protege el derecho de manifestación y castiga la perturbación de la misma. Respecto a las manifestaciones en el Congreso, ya la ley de 1992 fija como muy graves esas concentraciones delante de tales instituciones. En esta ley pasa a ser infracción leve y sólo será grave si se produce una perturbación de dicha manifestación.

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