martes, 23 de abril de 2024 17:46
Politica

El Constitucional suspende de forma cautelar la ley andaluza antidesahucios

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Gobierno central contra la ley andaluza de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, lo que provoca su suspensión cautelar.

En concreto, el Tribunal ha admitido a trámite el recurso del Gobierno central contra contra el artículo 1 de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, por el que se da nueva redacción al artículo 1.3 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía y se introducen en ella los artículos 25 y 53.1.a), así como contra la disposición adicional primera de la mencionada Ley 4/2013; y ha procedido a su suspensión cautelar.

Los apartados impugnados por el Ejecutivo central y que ahora son suspendidos son los relativos a la "declaración de interés social a efectos de expropiación forzosa de la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social"; la "definición de viviendas deshabitadas" y la "clasificación de infracciones muy graves" para las entidades bancarias que no saquen estas viviendas al mercado del alquiler.

La ley andaluza antidesahucios fue aprobada el 1 de octubre y derogó el decreto ley sobre la misma materia que fue aprobado en el mes de abril y que también fue impugnado por el Gobierno. El recurso contra dicho decreto, que fue admitido a trámite el 11 de julio de 2013, está pendiente de resolución por el pleno del TC. Cabe recordar además que la admisión a trámite hecha pública este jueves no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el tribunal resolverá "en próximas", según ha informado el Constitucional.

Según la providencia del alto tribunal, que tiene fecha del 14 de enero, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, se da traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado, a la Junta y al Parlamento andaluz, a través de sus presidentes, para que, en el plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

El acuerdo por el que se solicitó al presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad fue adoptado por el Consejo de Ministros el pasado día 13 de diciembre y hecho público en las referencias que se publican tras el mismo, sin que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, hiciera mención, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno, a la impugnación de la norma andaluza.

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