viernes, 29 de marzo de 2024 01:24
Politica

El PSOE niega la imputación de Griñán y Chaves en el caso de los ERE

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Los socialistas argumentan que la situación jurídica de Chávez y Griñán no ha cambiado y lamentan la ¿imputación mediática¿ | Alaya ha aplicado una reforma procesal que se ideó precisamente para proteger a los diputados y senadores de querellas "maliciosas"

La portavoz del Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados, Soraya Rodríguez, ha negado hoy que los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán hayan sido imputados en el caso de los ERE.La portavoz socialista ha realizado esta afirmación después de que su partido haya estudiado el auto de la juez Mercedes Alaya por el que abre el procedimiento para la imputación de los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Rodríguez también ha dicho que con "el máximo respeto a la justicia" el PSOE lamenta el auto que ha generado "enorme confusión" y la "imputación mediática" que afecta gravemente a las personas aludidas.

Según ha subrayado la portavoz socialista, el auto de la juez Alaya no imputa a ninguna persona por lo que no hay ningún cambio en la situación jurídica de los expresidentes andaluces ni del resto de las personas relacionadas.

A este respecto, ha añadido que el auto tampoco inicia un procedimiento para la imputación porque para ello necesitaría elevar un escrito con los indicios, algo que tampoco hace el auto de la jueza.

Tras afirmar que el PSOE seguirá colaborando con la justicia, Rodríguez se ha preguntado qué persigue el auto si ni imputa ni inicia el procedimiento para la imputación.

Ha mostrado la confianza del PSOE en los dos expresidentes, a quienes ha calificado como "dos personas muy honestas", y ha dicho que para su partido no hay un cambio de postura sobre su propuesta para designar a Griñán como senador.

Ha acusado a la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, de hablar de imputación al poco tiempo de conocerse el auto de la juez Alaya y "usar torticeramente" los autos judiciales.

En este sentido ha afirmado que la vicepresidenta ha mentido porque "las personas señaladas no están imputadas".

La juez Mercedes Alaya ha aplicado en su auto del caso de los ERE, por el que abre el procedimiento para la imputación de los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, una reforma procesal que se ideó precisamente para proteger a los diputados y senadores de querellas "maliciosas".

En aplicación del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECri), vigente desde el 26 de julio de 2002, la juez Alaya ha procedido a comunicar la existencia del procedimiento "en calidad de imputados" contra ambos políticos aforados, entre otros motivos, para que puedan personarse en la causa, participar en la instrucción y ejercer su derecho de defensa.

En su auto, la juez hace un análisis de las consecuencias de la imputación de personas aforadas (en el caso de los ERE, competencia del Tribunal Supremo o del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) y reconoce que se trata de un proceso con "consecuencias procesales extrañas" y que les deja en "una condición harto peculiar".

Alaya reconoce que "no puede realizar con respecto a los aforados un juicio formal de imputación", pero "sí puede y debe hacer dos cosas: la primera, darles traslado de las actuaciones para que se personen si lo desean" y la segunda, "tras agotar las diligencias de investigación que en su caso pudieran determinar cierto grado de responsabilidad de los aforados, remitir testimonio de la causa al tribunal superior competente".

Para ello utiliza el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que se aprobó hace una década con la filosofía de salvaguardar más a los políticos y darles mayores posibilidades de defensa en los procedimientos judiciales, y que la juez Alaya considera "confuso".

"Con frecuencia se advierte que los senadores y diputados no tienen conocimiento previo de procedimientos que les afectan y lo adquieren a través de la solicitud del suplicatorio o de los medios de comunicación", explica la exposición de motivos de la reforma parcial aprobada mediante la ley orgánica 7/2002.

En otras ocasiones, añade, conocen de la existencia del procedimiento pero no saben exactamente de qué se les acusa, porque no se les ha dado copia de la denuncia o querella, no se les ha permitido tomar conocimiento de las actuaciones, declarar ante el Juez, proponer pruebas y ejercer los demás derechos comunes de cualquier imputado.

Estas situaciones, según la filosofía de la reforma, "hacen de peor condición a los senadores y diputados en el ejercicio de los derechos y garantías de defensa que el artículo 24.2 de la Constitución reconoce a todos en el ámbito penal".

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