viernes, 29 de marzo de 2024 08:06
Politica

​No hay indicios contra Chaves y Griñán en la causa de los cursos de formación

La juez que instruye el caso rechaza imputar a los ex presidentes andaluces porque las sospechas "de momento no pasan de simples conjeturas".

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Chaves Grian pressdigital 1


La juez María Núñez Bolaños ha rechazado imputar a los ex presidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán en la pieza separada de los cursos de formación que afecta al exconsejero de Hacienda Ángel Ojeda en relación con los 33 millones de euros que recibieron las empresas del grupo Prescal para la formación de los ex trabajadores de Delphi.


La magistrada, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, rechaza así la petición realizada por la Asociación de Trabajadores de Delphi, a la que se opuso la Fiscalía Anticorrupción porque "no existen en la causa indicios, al menos por el momento, de la participación de los anteriores presidentes de la Junta, por más que los denunciantes puedan alegar sospechas, que de momento no pasan de simples conjeturas".


El fiscal Fernando Soto se pronunció así ante la petición de la instructora respecto a la posibilidad de acumular en esta pieza separada una denuncia presentada por la Asociación de Trabajadores de Delphi, después de que los antiguos empleados hayan recibido a lo largo de 2016 del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sendas demandas en las que se les reclama el reintegro de los subsidios percibidos por desempleo.


El fiscal no se opuso a que se acumulara la denuncia de los extrabajadores de Delphi a la causa de Ángel Ojeda, que inicialmente había recaído en el Juzgado de Instrucción número 20, aunque consideraba que la asociación "tan solo ha de ser admitida como acción popular, por lo que procede la imposición de fianza".


Ahora, y por medio de un auto, la juez acuerda acumular dicha denuncia a la causa tras apreciar "posible conexidad" pero aclara que no será objeto de la misma "un supuesto engaño por representantes de la administración andaluza a estos trabajadores con ofertas de puestos de trabajo".


Tras recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya ha tenido la ocasión de analizar la naturaleza de los acuerdos celebrados con los representantes de trabajadores en este ámbito, la instructora establece que "quedará al margen cualquier cuestión suscitada con la percepción de prestaciones de desempleo por estos trabajadores".


Por último, la magistrada rechaza tener personada como acusación particular a la Asociación de Trabajadores de Delphi, que "tan sólo será admitida como acción popular al no considerarse perjudicada por la posible comisión de ilícito penal, incluso podrían ser beneficiados a título lucrativo del mismo, sin perjuicio de lo cual, podrían personarse, si así se interesa, como acusación popular".


"DEPREDACIÓN" DE FONDOS


En su escrito, Anticorrupción explicaba que, en esta causa, se investiga "la defraudación de subvenciones del entramado de empresas, asociaciones y fundaciones que bien de derecho, bien de facto, regenta Ángel Ojeda", y en concreto las subvenciones percibidas por el dispositivo Delphi y concedidas por la Administración andaluza "donde se simularon relaciones laborales inexistentes, permitiendo con ello de un lado reducir la conflictividad social en el área geográfica de la Bahía de Cádiz, y de otro lograr que un grupo de trabajadores incluidos en un dispositivo singular, siguieren percibiendo un salario con cargo a las subvenciones, sin prestar efectivamente trabajo por cuenta ajena".


A juicio del fiscal, existen "serios indicios" de que estas relaciones laborales "fueron simuladas de manera consciente por parte de la Administración andaluza, incluidos sus consejeros de Empleo que otorgaron las subvenciones", de lo que se desprende la comisión de presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos.


"A ello ha de unirse la depredación de esos fondos que realizó el entramado del investigado Ojeda, con el que, con relaciones jurídicas y entidades ficticias, simulaban las prestaciones de servicios que posteriormente justificaban ante la administración", asevera Anticorrupción.


Por todo ello, considera que el objeto procesal de la denuncia de los extrabajadores de Delphi "es coincidente aún cuando no idéntico al denunciado", advirtiendo de que "ni los anteriores trabajadores de Delphi ni por supuesto la asociación denunciante son perjudicados del delito".

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