sábado, 20 de abril de 2024 11:45
Politica

La asistencia jurídica gratuita seguirá estando exenta del IVA

La norma tendrá efecto desde el 1 de enero de este año y Hacienda dictará una instrucción para que el IVA no se haga efectivo durante el periodo transitorio hasta su aprobación.

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Catala 2


El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha comunicado este miércoles al Consejo General de la Abogacía Española en que la asistencia jurídica gratuita seguirá sin estar sujeta al IVA.


Además, esta norma tendrá efecto desde el 1 de enero de este año y el Ministerio de Hacienda dictará una instrucción para que el IVA no se haga efectivo durante el periodo transitorio hasta la aprobación de la misma.


Catalá ha trasladado a los representantes del Consejo la decisión del Gobierno que se traducirá en la presentación de una Proposición de Ley, consensuada entre PP y PSOE, de modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, para reforzamiento del sistema y de la garantía del acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia.


A la reunión, celebrada en la sede de Justicia, han asistido la presidenta del Consejo General de la Abogacía, Victoria Ortega; sus vicepresidentes, Sonia Gumpert y Oriol Rusca y su secretario general, Ramón Jáudenes.


SERVICIO PÚBLICO AMPARADO EN LA CONSTITUCIÓN


Según el Ministerio, de esta forma, "se fortalecerá el principio de obligatoriedad y el carácter indemnizatorio de la asistencia jurídica gratuita". En España, los colegios profesionales asumen la obligación de prestar un servicio público que se fundamenta en el artículo 119 de la Constitución.


Por otro lado, la compensación satisfecha por esta asistencia tiene naturaleza análoga a una indemnización, es decir, no se entiende como una retribución puesto que se aleja de los precios de mercado, se impone sin que el profesional tenga capacidad para modificarla, está sujeta a baremo y con ella se pretende indemnizar a los letrados y procuradores por la prestación del servicio sin retribución conforme a los criterios del mercado, ha añadido el Ministerio.


En la actual regulación, el servicio se califica como remunerado o retribuido, lo que había dado lugar a dudas interpretativas sobre sus efectos fiscales que desaparecerán como consecuencia de esta proposición normativa.


Las administraciones públicas competentes seguirán financiando con cargo a sus dotaciones presupuestarias la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita por los Colegios de Abogados y de Procuradores como hasta ahora.


"UN ACUERDO CON LA ABOGACÍA"


El Consejo General de la Abogacía Española, por su parte, ha valorado "positivamente el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y la Abogacía" para que el servicio público de Justicia Gratuita siga sin estar sujeto a IVA.


De este modo, el Consejo celebra el acuerdo como un "fruto del diálogo institucional y de las reivindicaciones de la Abogacía", y agradece al Ministerio de Justicia "el abierto diálogo mantenido desde finales de enero y su implicación para la resolución de este problema, que había provocado la protesta unánime de toda la Abogacía, hasta el punto de que se estaba estudiando la convocatoria de una huelga en el Turno de Oficio y diversas movilizaciones en toda España".


Además, el Consejo General de la Abogacía Española ha reconocido el "acuerdo del Gobierno y el PSOE, así como las Proposiciones No de Ley presentadas en el Congreso de los Diputados para salvaguardar el carácter público del servicio de Justicia Gratuita por este partido y por Ciudadanos, Unidos Podemos-En ComúPodem-En Marea y Esquerra Republicana", añaden en la nota remitida a los medios.


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