sábado, 20 de abril de 2024 13:25
Sociedad

Publicar mensajes como los de Puigdemont a Comín es legal

Plataforma en Defensa de la Libertad de Información defiende que es legal publicar los mensajes de Puigdemont a Comín.

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La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) considera que cualquier iniciativa legal contra Telecinco por la publicación de una serie de mensajes entre el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y Toni Comín, exconsejero de Sanidad, vulneraría la libertad de información y sería contraria a la jurisprudencia española y europea en la materia.


En este sentido, los juristas de la plataforma destacan dos circunstancias para defender su postura. Así, ponen el acento en la "relevancia pública" del político catalán -refugiado en Bélgica desde octubre de 2017- y en el hecho de que las imágenes no fueran captadas en su intimidad y fueran visibles.


Para el experto internacional en libertad de información y jurista de la PDLI Joan Barata, se trata de una "una querella sin recorrido". "La filmación de una pantalla de móvil perfectamente visible en el marco de un acto público mientras es asimismo sostenida por parte de un personaje que también ostenta la consideración y capacidad en ese momento de personaje público difícilmente puede ser presentada como una intromisión en su privacidad", ha indicado.


Por otra parte, Barata ha explicado que, pese a que la conversación "tuvo originalmente lugar de forma privada entre los dos políticos fugados, la captación de la misma, así como su propio contenido, la convierten en un asunto de un innegable interés informativo".


El jurista ha concretado que la protección jurisprudencial de la difusión de información de interés general "ha tenido lugar independientemente del modo en el que esa información ha llegado finalmente a manos del periodista o medio de comunicación en cuestión". "En todo caso, requisito esencial de dicha publicación no es sólo el interés público de la misma, sino también, obviamente, que se trate de información contrastada y veraz", ha manifestado.


En la misma línea, el director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida, ha afirmado que la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de septiembre de 2005 establece que no se interfiere en el ámbito privado de las comunicación si el mensaje "es perceptible por cualquiera que tenga a la vista el aparato".


"Privar a la opinión pública del conocimiento de dicha conversación o sancionar a quienes la obtuvieron y difunden sería un inequívoco y grave ataque al derecho a la libertad de información", zanja el jurista de la PDLI Joan Barata.

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