miércoles, 27 de mayo de 2026 23:53

Economía

Enagás podrá operar como gestor provisional de la redtroncal de hidrógeno

Enagás, como gestor de la red de transporte de gas natural, podrá operar como gestor provisional de la red troncal de hidrógeno, según contempla el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo.
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Archivo - Fachada de la sede de Enagás, a 3 de abril de 2023, en Madrid (España). La Empresa Nacional del Gas, conocida con el acrónimo de Enagás, es una compañía de transporte de gas natural y Gestor Técnico del Sistema Gasista de España.? Su sede social

Enagás, como gestor de la red de transporte de gas natural, podrá operar como gestor provisional de la red troncal de hidrógeno, según contempla el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo.

En un comunicado, Enagás valoró esta medida como "necesaria para cumplir con los objetivos europeos de descarbonización y de independencia energética, y que está en línea con lo que están haciendo ya otros países europeos como Alemania y Holanda".

En concreto, la normativa señala que los gestores de la red de transporte de gas natural "podrán remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas, en un plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, una propuesta de desarrollo de la infraestructura troncal de hidrógeno, no vinculante, con un horizonte de diez años".

Además, destaca que podrán "actuar como representantes en la Red Europea de Gestores de Redes de Hidrógeno (European Network of Network Operators for Hydrogen)".

Asimismo, y de acuerdo con el texto, "provisionalmente, por acuerdo de Consejo de Ministros y mediante personas jurídicas separadas horizontalmente, podrán ejercer las funciones de desarrollo de la red troncal de hidrógeno en el ámbito de los proyectos de interés común europeo".

El Real Decreto-Ley también indica que "este régimen provisional será de aplicación hasta la designación definitiva de los Gestores de Redes de Hidrógeno con arreglo a las condiciones establecidas en lanormativa europea de aplicación".

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