sábado, 27 de abril de 2024 15:07
Economía

UGT saluda que el Supremo reconozca como antigüedad el periodo de inactividad de los fijos discontinuos

Unión General de Trabajadores (UGT) ha saludado que el Tribunal Supremo (TS) haya reconocido en una sentencia el derecho de los trabajadores fijos discontinuos a que su antigüedad se calcule teniendo en cuenta tantos los periodos de actividad como los de inactividad.
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Archivo - Foto de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.

Unión General de Trabajadores (UGT) ha saludado que el Tribunal Supremo (TS) haya reconocido en una sentencia el derecho de los trabajadores fijos discontinuos a que su antigüedad se calcule teniendo en cuenta tantos los periodos de actividad como los de inactividad.

"El Supremo, tal y como hicimos en la reforma laboral, reconoce toda la antigüedad de la duración del contrato para fijos-discontinuos en la Administración, tanto periodos de actividad como de inactividad", han indicado desde el sindicato en un mensaje de la red social X (anteriormente, llamada Twitter).

De esta manera, el sindicato recalca que la sentencia del Supremo reconoce lo recogido en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores (ET). "Interesante doctrina para los que sostienen que los fijos discontinuos deben computar como parados", señalan desde UGT.

De igual manera, el sindicato celebra que, según el artículo 16 del ET y la sentencia del Supremo, se reconoce que ninguna norma española puede ser interpretada y aplicada en contra de lo que establece el derecho europeo.

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