viernes, 23 de mayo de 2025 06:01

Economía

Aena actualiza normas y precisa su competencia en control, cierre o desalojo ante polémica en Barajas

Aena ha actualizado las normas de funcionamiento interno y uso de los aeropuertos de su red y ha clarificado la competencia del gestor aeroportuario para establecer medidas como controles de acceso, cierres o desalojos de las instalaciones aeroportuarias.
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Archivo - Fachada de la sede central de Aena

Aena ha actualizado las normas de funcionamiento interno y uso de los aeropuertos de su red y ha clarificado la competencia del gestor aeroportuario para establecer medidas como controles de acceso, cierres o desalojos de las instalaciones aeroportuarias.

En concreto, se trata de un documento que recoge la normativa dispuesta por Aena, como propietaria de las instalaciones aeroportuarias, que se debe aplicar con carácter general a cualquier persona que se encuentre en un aeropuerto de su red.

Una medida que se produce en un contexto marcado por la situación generada en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas por la presencia de centenares de personas que viven y pernoctan en sus instalaciones.

El Comité de Dirección Ejecutivo de Aena acordó el pasado 14 de mayo una actualización de estas normas, según figura en el documento consultado por Europa Press. Entre las novedades, se subraya que el gestor aeroportuario, en el ejercicio de su derecho de admisión, tiene la facultad para determinar las condiciones de acceso y permanencia" en las infraestructuras aeroportuarias.

Además de arrogar a Aena el derecho de admisión con carácter general a las instalaciones aeroportuarias de su propiedad, el nuevo reglamento contempla las posibilidad de establecer medidas como controles de acceso, cierres o desalojos de las instalaciones.

El gestor aeroportuario ya anunció la pasada semana que intensificaría los controles de acceso existentes en franjas horarias de baja intensidad en la programación de los vuelos con el fin de contribuir a que la situación en Barajas por la presencia de estas personas sin hogar "no empeore".

De este modo, en estas franjas horarias accederán a los terminales del aeropuerto los pasajeros con tarjeta de embarque, sus acompañantes tanto de salida como de llegada, y los trabajadores del aeropuerto.

"En los procedimientos aprobados por los órganos que resulten competentes para ello en cada aeropuerto", se remarca en la actualización de las normas de uso, "se regularán los términos conforme a los que deben llevarse a cabo por Aena, en el ejercicio del derecho de admisión, medidas como controles de acceso, cierres o desalojos de las instalaciones aeroportuarias".

NORMAS DE USO DE AEROPUERTOS
Se trata de un documento de seis páginas con una exposición de motivos y cuatro artículos sobre ámbito de aplicación, actividades y comportamientos no permitidos en los recintos aeroportuarios (se enumeran con carácter enunciativo, "pero no exhaustivo ni limitativo", hasta 27 actividades y comportamientos "totalmente prohibidos"), consecuencias de realizar actividades Y comportamientos no permitidos y derecho de admisión.

Entre las novedades, el artículo relativo a obligatoriedad de cumplimiento y derecho de admisión se divide ahora en dos secciones, sobre las consecuencias de realizar actividades o comportamientos no permitidos y sobre el derecho de admisión.

Así, aunque ya se contemplaban medidas como la reserva del derecho de admisión por parte de Aena o el desalojo o imposibilidad de acceso a las mismas, se remarca ahora la competencia del gestor aeroportuario para determinar las condiciones de acceso y permanencia en las instalaciones.

En el caso de los desalojos, además, se precisa el protocolo y competencias de los servicios de seguridad de la instalación aeroportuaria. "El desalojo se llevará a cabo conforme a los procedimientos aprobados para ello en cada aeropuerto, pudiéndose recabar el auxilio y colaboración de las autoridades, si fuera necesario", reza el nuevo reglamento.

En el anterior se indica que este "se llevará a efecto por los Servicios de Seguridad del Aeropuerto, para lo que podrá recabarse el auxilio y colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado si fuera necesario", además de las competencias que estas tienen atribuidas.

Como novedades, en el articulado de actividades prohibidas, en el que permanecen prácticas como la mendicidad o la estancia por tiempo no justificada, se incluye ahora el ejercicio de la prostitución y se especifica que, en caso de que los animales realicen sus necesidades fisiológicas en el recinto aeroportuario, no se procederá "a su retirada y limpieza inmediata".

Además, se aclara que se permitirán vehículos utilizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el del personal propio de Aena "para el ejercicio de sus funciones". Se mantiene, por su lado, la posibilidad de denunciar ante la autoridad competente en la materia "cuando una actividad o comportamiento no permitido pueda constituir, además, una infracción de tipo penal y/o administrativa, conforme a la normativa en vigor".

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