Hacienda publica la orden para que los bancos paguen el nuevo impuesto al sector
El Ministerio de Hacienda ha publicado ya en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden para que los bancos realicen el pago del nuevo impuesto específico para entidades de 2024, 2025 y 2026, que sustituyó al gravamen temporal aplicado durante 2022 y 2023.
Según recuerda el ministerio, el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones se configura como un tributo de naturaleza directa que grava el margen de intereses y comisiones obtenido por entidades de crédito, sucursales de crédito extranjeras y establecimientos financieros de crédito por su actividad en España.
De acuerdo con la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, este impuesto tendrá vigencia limitada, aplicable en los tres primeros periodos impositivos consecutivos que se inicien desde el 1 de enero de 2024.
En la misma ley, se recoge que el pago fraccionado que deba realizarse en 2025 se efectuará en los primeros 20 días naturales del sexto mes posterior al de la finalización del periodo impositivo, establecido el 31 de diciembre de 2024.
Así, la orden de ahora incluye los modelos 780 y 781 de autoliquidación del impuesto y pago fraccionado, haciendo que los bancos tengan ya que abonar el impuesto de 2024.
Desde la aprobación del nuevo impuesto a finales de 2024, las entidades han reflejado en sus cuentas del primer trimestre de 2025 parte de lo que deberán abonar en 2026 por el nuevo impuesto. Se prevé que en los siguientes trimestres, sigan contabilizando este efecto.
Sin embargo, todavía no han abonado ni contabilizado el impuesto correspondiente a 2024, después de que el Gobierno intentara introducir una modificación mediante el decreto ómnibus en la ley del impuesto para asegurar una "transición adecuada" entre el gravamen temporal y la nueva tasa y que no se contabilizasen en 2024 ambas figuras --es decir, lo de 2023 y lo correspondiente a 2024, aunque esto último ya se abonase en 2025--.
El rechazo en el Congreso al decreto ómnibus, de 23 de diciembre de 2024, provocó que se anulasen las modificaciones y que se generase incertidumbre en el sector sobre el pago de 2024.
Con la orden de hoy, Hacienda ya da la información a las entidades para que puedan efectuar el pago de 2024, pero también de 2025 --que se abonará en 2026-- y de 2026 --que se abonará, en principio, al año siguiente.
Desde la Asociación Española de Banca (AEB), que ya han mostrado reiteradamente su rechazo al impuesto, han comunicado su intención de recurrir el modelo de liquidación del impuesto.
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