viernes, 6 de junio de 2025 20:44

Economía

La Seguridad Social vuelve a pedir a viudas de Orcasitas la devolución del complemento de mínimos de sus pensiones

La Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha vuelto a reclamar a mujeres octogenarias del Poblado Dirigido de Orcasitas (Usera) la devolución del complemento de mínimos de sus pensiones de viudedad después de que el Tribunal Supremo dictara dos sentencias en 2023 y 2024 en las que explicaba que las ayudas recibidas no se pueden considerar ganancias patrimoniales, ha alertado la Federación Regional de Vecinos de Madrid (FRAVM).
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Archivo - Una grúa de construcción, el día en que han anunciado que la compraventa de viviendas registró en el mes de marzo su mejor dato en 15 años, a 20 de mayo de 2022, en Madrid (España). Según ha informado hoy el Instituto Nacional de Estadística, la

La Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha vuelto a reclamar a mujeres octogenarias del Poblado Dirigido de Orcasitas (Usera) la devolución del complemento de mínimos de sus pensiones de viudedad después de que el Tribunal Supremo dictara dos sentencias en 2023 y 2024 en las que explicaba que las ayudas recibidas no se pueden considerar ganancias patrimoniales, ha alertado la Federación Regional de Vecinos de Madrid (FRAVM).

La entidad ciudadana ha acusado al Gobierno central de "ignorar al Tribunal Supremo al volver a reclamar a las viudas octogenarias del Poblado Dirigido de Orcasitas la devolución del complemento de mínimos de sus pensiones".

Hace un año, en mayo de 2024, la Seguridad Social se comprometía a devolver el dinero requerido por ayudas a la rehabilitación. En concreto, trasladaba que remitiría una carta a las personas a las que habían enviado reclamaciones pidiéndoles que demuestren que la ganancia patrimonial detectada procedía de una subvención concedida a su comunidad de vecinos, para lo que bastaría con aportar la resolución de la concesión de la ayuda. Tras este paso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) procedería a cancelar las deudas contraídas y a devolver el dinero detraído.

La FRAVM ha emitido un comunicado este jueves en el que acusa a la Administración de ser "incapaz de asentar directrices correctivas en sus procedimientos" y prueba de ello es que "la pesadilla ha regresado a este barrio modesto del sur de la capital", señalado "paradójicamente por las administraciones como ejemplo cuando hablan de políticas de rehabilitación y mejora de la eficiencia energética".

Como ya ocurriera el año pasado, la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) "está enviando cartas a vecinas y vecinos del barrio en las que les reclama la devolución del complemento de mínimos de sus pensiones de viudedad por haber detectado un aumento de sus ganancias patrimoniales procedente de las ayudas a la rehabilitación y a la mejora energética que sus comunidades percibieron en 2023".

AFECTADAS TAMBIÉN LAS BECAS COMEDOR O EL IMV
La Federación expone que el incremento de las ganancias patrimoniales se detecta mediante un mecanismo ciego por Hacienda, que traslada a la Seguridad Social y que no solo afecta al complemento de mínimos de las pensiones sino a otras ayudas públicas destinadas a personas vulnerables o con discapacidad, como el Ingreso Mínimo Vital, subsidios para desempleados o incluso las becas de comedores escolares.

"Todo esto vuelve a suceder, para susto y enfado de los hogares afectados, a pesar de la existencia de dos contundentes sentencias del Tribunal Supremo y de que el año pasado la Dirección del INSS emitiese una orden para dejar sin efecto sus reclamaciones", ha recordado la entidad que preside Jorge Nacarino, que recurrió al Defensor del Pueblo.

La FRAVM se pregunta "cómo es posible que Hacienda y la Seguridad Social vuelvan a hacer lo mismo, cebándose con las familias más humildes? ¿Es esta la manera de fomentar el ahorro energético en las comunidades?".

A lo que suman que "las familias afectadas por las reclamaciones del INSS ni siquiera llegan a ver el dinero de las subvenciones ya que se ingresa directamente en la cuenta de las comunidades de vecinos y debe usarse íntegramente para la realización de las obras de rehabilitación o eficiencia energética".

El nuevo envío de cartas se produce después de que el Tribunal Supremo firmara varias sentencias en las que falla que no procede que la Seguridad Social reclame cantidad alguna a las personas perceptoras del complemento de mínimos de la pensión y de otras ayudas de parecida índole al considerar que las ayudas a la rehabilitación no computan como una ganancia patrimonial y que la situación de pobreza de esas personas se mantiene.

Las sentencias, continúa la FRAVM, "hacen hincapié en que es la comunidad de propietarios, y no el vecino o vecina a título individual, quien destina el dinero de las subvenciones a rehabilitar la vivienda habitual".

MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL IRPF
Ante las nuevas notificaciones de reclamación del INSS, que están seguros de que llegarán a más barrios, la Federación reclama "que se corte de inmediato el envío de estas cartas y al Ministerio de Hacienda que ponga fin a esta pesadilla dejando de computar como ganancias patrimoniales las ayudas a la rehabilitación que perciben familias de rentas modestas".

Lo que plantea la FRAVM, ya trasladado al Ministerio de Hacienda, es una propuesta de modificación del artículo 33.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el fin de que las ayudas a la rehabilitación de vivienda dejen de ser consideradas ganancias patrimoniales.

"La consideración de las ayudas y subvenciones a la rehabilitación promovidas por las administraciones públicas como ganancia patrimonial afecta de manera especialmente negativa a los sectores más vulnerables de la población al poner en riesgo sus ingresos básicos de subsistencia. Esto genera el rechazo a participar en los programas de rehabilitación de viviendas, precisamente por aquellos colectivos que habitan un parque residencial de menor calidad constructiva", ha advertido la Federación en un escrito enviado al Ministerio que dirige María Jesús Montero.

LAS ALEGACIONES COMO VÍA CUANDO NO SE PUEDA HACER DE OTRA MANERA Desde la Seguridad Social han trasladado a Europa Press que "no se ha ignorado a este colectivo en absoluto" y prueba de ello es que hubo encuentros con ellas y con la Agencia Tributaria tratando, entre otras cuestiones, de automatizar todos los procesos que se podían para los supuestos en que se pueda hacer y en los que estas ayudas se declaren junto a otras que no puedan descontarse. El desglose deberá ser indicado vía alegaciones para que estas ayudas no sean computadas, han explicado.

Este departamento ministerial ha explicado que las ayudas de vivienda que el año pasado causaron anomalías están identificadas y se trabajó para que no volvieran a producirse esos casos en los que no estaba bien computada la ayuda tributariamente, lo que repercutía en el cruce para realizar el cálculo de la prestación. "Desde el Ministerio somos conscientes de que es un asunto altamente sensible para las personas que perciben este tipo de complementos o prestaciones", han remarcado.

Ahora mismo, las ayudas de rehabilitación de vivienda sujetas a IRPF pueden venir incluidas en diferentes casillas de la declaración del IRPF. Por ejemplo, especificadas en la casilla 300 (año 2022) de 'Otras subvenciones o ayudas destinadas a la rehabilitación de la vivienda habitual o a la reparación de defectos estructurales en la misma', donde "están identificadas y no se computan a efectos de mínimos".

También están incluidas junto con otro tipo de ayudas o ganancias en la casilla 1606 'Suma de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones (a integrar en la BI general), atribuidas', cuando es la comunidad de propietarios quien se la imputa al pensionista.

Otra opción son las incluidas junto con otro tipo de ayudas públicas en la partida de imputaciones 'Ganancias patrimoniales - subvenciones y ayudas públicas'. En Hacienda no pueden saber si en el caso de las viudas de Orcasitas "puedan haberse incluido erróneamente en otro concepto o tratarse de otro tipo de ayudas".

En el caso de la campaña en curso, de cruce con las rentas de 2023, Hacienda "ha aislado aquellos casos en los que inequívocamente se estuvieran computando ayudas de rehabilitación de vivienda (casilla 300), de tal forma que no se envía acuerdos de inicio de procedimiento de reintegro a aquellos pensionistas que, eliminando dicho importe del cálculo, no superen el límite de rentas para mantener el derecho a la percepción del complemento".

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