El Gobierno aprueba los requisitos de la concesión de ayudas para la construcción de buques
El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de la regulación de la concesión de ayudas para la construcción naval.
En concreto, se trata de la modificación del Real Decreto 874/2017, de 29 de septiembre, por el que se regula el apoyo oficial en forma de subvención al tipo de interés de los créditos para la construcción de buques, y el Real Decreto 1071/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas al sector de construcción naval en materia de investigación y desarrollo e innovación.
El primer texto regula el apoyo oficial en forma de subvención al tipo de interés de los créditos para la construcción de buques. Este instrumento ha permitido que los astilleros españoles contraten en igualdad de oportunidades que el resto de astilleros europeos.
Entre las modificaciones aplicadas destaca la incorporación de la posibilidad de modificar las resoluciones de concesión en determinados casos.
Además, la construcción de ciertos tipos de buques se ha visto perjudicada al quedar fuera del ámbito de aplicación de esta norma. Por ello, se procede a modificar el umbral mínimo de buques subvencionables, quedando para buques de nueva construcción en 200 arque bruto o GT (antes 250 GT).
Respecto al segundo cambio, que regula la concesión directa de ayudas al sector de construcción naval en materia de investigación y desarrollo e innovación, cabe, entre otras modificaciones, el cambio del título para añadir las ayudas al medio ambiente y la eficiencia energética.
También se modifican las definiciones de los tipos de proyecto para los conceptos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación en materia de procesos y organización. Y se introducen las intensidades de ayuda para proyectos de protección del medio ambiente y eficiencia energética.
Escribe tu comentario