El TJUE avala el derecho de indemnización de afectados por el cártel de 2015 en el que participó Nissan
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves el derecho de indemnización de los afectados por el cártel de 2015 en el que participaron 21 fabricantes y distribuidores de marcas de automóviles en España --entre ellas Nissan-- y que culminó con una multa de 171 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
La decisión del la CNMC fue objeto de varios recursos de anulación interpuestos por autores de la supuesta infracción, incluido Nissan, pero fue confirmada por el Tribunal Supremo en 2021.
A raíz de esta resolución, un particular presentó en 2023 una demanda de indemnización de daños y perjuicios contra Nissan en la que pedía que se condenara a la empresa a repararle el perjuicio que alegaba haber sufrido tras comprar un vehículo cuyo precio se vio alterado por la participación de la empresa en el cártel.
No obstante, Nissan mantenía que el derecho a presentar esa demanda había prescrito, porque considera que el plazo empezó a correr en 2015, a partir del momento en que la persona perjudicada tiene conocimiento de la infracción.
Sin embargo, en su sentencia de este jueves, el TJUE considera que, si bien corresponde al juez nacional pronunciarse al respecto, la acción por daños del presente litigio no parece haber prescrito, porque el plazo de prescripción empieza a correr una vez que las resoluciones sean firmes y la persona afectada tenga conocimiento de toda la información necesaria para ejercitar la acción por daños.
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