jueves, 9 de octubre de 2025 13:02

Economía

Los bancos están obligados desde hoy a ofrecer transferencias inmediatas con la verificación del IBAN

Asufin sostiene que todavía hay "margen de mejora" en el servicio de transferencias
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Asufin sostiene que todavía hay "margen de mejora" en el servicio de transferencias

Asufin ha recordado que este jueves, 9 de octubre, han entrado en vigor nuevos aspectos clave del reglamento europeo sobre transferencias inmediatas como la obligatoriedad para los bancos de verificar el IBAN, según el comunicado que ha remitido la asociación.

En concreto, desde hoy las entidades estarán obligadas a ofrecer estos pagos con todas las previsiones de ciberseguridad, es decir, comprobando que el nombre del beneficiario coincide con el IBAN antes de procesar las transferencias.

Parte de este reglamento europeo (2024/886, de 13 de marzo de 2024) entró en vigor en enero, como la obligación de igualar los precios de las transferencias ordinarias e inmediatas, lo que ha reducido el coste de ambos servicios.

En concreto, según el barómetro de comisiones de Asufin, publicado el pasado mes de mayo, la unificación del coste del servicio de transferencias "precipitó" una bajada sustancial de precios. Así, el coste actual mínimo medio de 1,16 euros es un 45,50% inferior (0,97 euros) de los 2,13 euros que costaba las ordinarias en 2024; en el caso de las inmediatas, el descenso es del 68,60%, pasando de los 3,69 euros del año pasado a los 2,53 euros de media de este ejercicio.

"Las diferencias entre entidades son importantes. Unicaja mantiene un coste mínimo de 3,95 euros, mientras que Banco Santander, Banco Sabadell, Deutsche Bank, Cajamar, BBVA, Abanca y Bankinter son gratis", agrega.

Sin embargo, Asufin considera que el precio de las transferencias ofrecidas por los bancos debe tender al "coste cero", en la medida en que la automatización del proceso "hace difícilmente justificable la repercusión del precio en el cliente".

Además, la asociación considera que los bancos deben ofrecer la opción de transferencia inmediata "de forma preeminente", algo que "no está sucediendo, ya que la alternativa dada por defecto, en la mayor parte de los casos, es la de la transferencia ordinaria". "Máxime, si la apuesta es por la mejora de la experiencia del usuario, en cuanto a inmediatez y disponibilidad 24 horas, los siete días de la semana, los 365 días del año", apostilla.

"Al usuario se debe informar, eso sí, que una vez recibida la transferencia inmediata, no se puede cancelar y que sólo se podría retroceder si el beneficiario lo acepta", concluye Asufin.

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