El juez exige a Be Disruptive y a tres directivos una fianza de 6,6 millones ante posible estafa
El juez de Instrucción número 38 de Madrid ha acordado exigir a la empresa Disruptive Consulting S.L. (Be Disruptive) y a tres de sus responsables una fianza solidaria de 6,65 millones de euros para asegurar las eventuales responsabilidades pecuniarias derivadas del procedimiento en el que se investigan presuntos delitos de estafa y falsedad documental, según consta en un auto fechado el 20 de noviembre de 2025.
En el auto, al que tuvo acceso Europa Press, el juez dispone que en caso de no depositar la cantidad en un plazo de cinco días, se ordenaá el embargo de bienes por cuantía suficiente.
La exvicealcaldesa de Madrid Begoña Villacís fue fichada por Disruptive Consulting S.L. (Be Disruptive) en febrero de 2023 como directora de Relaciones Institucionales. Abandonó la empresa en junio de 2023, apenas cuatro meses después de su incorporación.
La causa, abierta a raíz de una denuncia de Alcántara Short-Term Lending, Fondo de Titulización, analiza una presunta operativa de engaño para obtener financiación privada mediante la presentación de documentos que aparentaban la existencia de un depósito de 120 millones de euros en un banco italiano y de un supuesto proyecto con el Gobierno de Costa Rica.
Según el auto, un informe policial remitido el 19 de noviembre concluye que la cuenta bancaria que se habría utilizado como garantía "fue extinguida en 2020", a pesar de que su supuesto saldo se habría acreditado ante los financiadores entre 2023 y 2024.
Además, las pesquisas apuntan a que los documentos enviados desde un dominio que simulaba pertenecer al banco italiano fueron generados desde el propio entorno del grupo investigado. También constan comunicaciones oficiales de Costa Rica que niegan cualquier participación en la operación descrita.
El juez aprecia la existencia de indicios suficientes para justificar la medida cautelar, sin perjuicio de las diligencias que continúan practicándose. Asimismo, advierte a la empresa y a los tres directivos de la obligación de no realizar actos que puedan dificultar la eficacia de la resolución, recordándoles el posible encaje penal en un delito de insolvencia punible en caso de obstrucción.

Escribe tu comentario