Gestha recomienda aprovechar la recta final del año para reducir en 3.370 euros la factura de la Renta
El ahorro para quienes ingresan más de 600.000 euros puede llegar a 90.777 euros, mientras que para los que declaran 21.000 es 1.806 euros
El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha recomendado aprovechar la recta final del año para ahorrar adicionalmente hasta 3.370 euros más en la próxima declaración de la Renta, correspondiente al año 2025.
Hay que recordar que la Renta 2025 --que se debe elaborar en 2026-- será el primer ejercicio en el que los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo deben presentar la declaración del IRPF.
A través de un comunicado, los técnicos de Hacienda han recordado a los contribuyentes que este año se mantiene la disminución del incentivo de planes de pensiones individuales, mientras que, a cambio, se favorecen los planes de previsión empresarial.
En concreto, continúa en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales, aunque con la posibilidad de incrementar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.
Gestha ha aclarado que las mayores ventajas fiscales se concentran en los contribuyentes con mayores ingresos y patrimonios. De esta manera, mientras que las personas con ingresos superiores a los 600.000 euros al año podrán maximizar las ventajas fiscales adicionalmente en 90.777 euros, para las personas con rendimientos anuales inferiores a 21.000 euros el aumento de sus ventajas fiscales llega a los 1.806 euros. Por su parte, para los de menores ingresos, las posibilidades de deducir son prácticamente inexistentes.
Así, las personas que declararon ingresar más de 60.000 euros fueron el 5,6% de los declarantes, pero acumularon el 22,2% de las deducciones en cuota, ahorrándose 848,5 millones en la declaración de 2023.
En cambio, los contribuyentes con menores rentas suelen aprovechar las deducciones al alquiler autonómicas o la estatal transitoria, si el contrato de alquiler es anterior a 2015, pero en la práctica estas deducciones no operan por la ausencia o la baja cuantía de sus retenciones.
MEDIDAS PARA PREVENIR EL FRAUDE: BIZUM, TARJETAS DE CRÉDITO O DÉBITO
Como principal novedad a partir del 1 de enero de 2026, la AEAT contará con la información mensual suministrada por las entidades de pago o de dinero electrónico, incluidas las entidades extranjeras que prestan servicios en España, de los pagos a empresarios y profesionales residentes adheridos a sistemas de gestión de cobros con cualquier tipo de tarjetas, incluidos los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil, como Bizum.
De esta forma, se suprime el umbral anual neto de 3.000 euros en dichos cobros, aunque se mantiene en las cuentas, que se facilitará en la última declaración mensual de cada año. Finalmente, se añade una nueva obligación informativa anual de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, con la que se obtendrá la información del importe anual de los abonos, cargos, recargas o retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos, salvo que los cargos y abonos en el año no superen los 25.000 euros.
ADQUIRIR UN VEHÍCULO ELÉCTRICO O INSTALAR UN SISTEMA DE RECARGA
El pasado día 3 de este mes de diciembre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presentó el Plan España Auto 2030, que incluye el Plan Auto+ con 400 millones de euros en 2026 para ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos puros e híbridos enchufables, entre otras ayudas para puntos de recarga en las carreteras y al sector, previendo la prórroga de las deducciones vigentes.
Estas ayudas serán gestionadas por el Gobierno central, en vez de por las comunidades autónomas, para garantizar una mayor velocidad en la gestión y en los pagos. De momento, el Gobierno no ha adelantado una prórroga para 2026 de estas deducciones fiscales, por lo que hasta la fecha, se podrán deducir el 15% del valor de compra si adquieres un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos) antes del 31 de diciembre de 2025, o bien si se realiza una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de adquisición también antes de dicha fecha. En este último caso, el pago restante de la compra se debe realizar antes del final del segundo año posterior al del pago a cuenta, antes de 31 de diciembre de 2027.
También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. No se permite que esta desgravación afecte a una actividad económica y no puede pagarse en metálico. La deducción se practica en el año en que finaliza la instalación y la base máxima es de 4.000 euros, descontadas las ayudas públicas.
DEDUCCIONES POR MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS
De las tres deducciones, vigentes desde el 6 de octubre de 2021 con carácter temporal de 2021 a 2024, para obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas se mantiene este año una de ellas. Se trata de la deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial.
Esta deducción se aplica un año más que las anteriores, de 2021 a 2025, y es la mayor de todas con una deducción del 60% sobre 5.000 euros anuales, hasta un máximo total de 15.000 euros acumulados que se pueden deducir en los cuatro ejercicios siguientes. Debe tratarse de obras de mejora de la eficiencia energética del edificio que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética a una clase energética 'A' o 'B'. Las obras no se pueden pagar en efectivo.
Los técnicos de Hacienda recuerdan que hay que obtener el certificado de eficiencia energética tras la finalización de las obras antes del 1 de enero de 2026.
DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
Las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden aumentar esta deducción en 1.000 euros adicionales por gastos de guarderías de cada hijo, estén matriculados en centros de educación infantil autorizados por la Administración educativa, o en guarderías autorizadas para su apertura y funcionamiento.
Gestha recuerda que las madres trabajadoras se pueden beneficiar de esta deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años con derecho a aplicar el mínimo por descendientes, o durante los tres años siguientes a la adopción o acogimiento preadoptivo o permanente.
Pero esta deducción no es compatible con el complemento de ayuda para la infancia de la Ley del ingreso mínimo vital si durante dichos meses, alguno de los progenitores lo percibe por ese menor. Aunque esta incompatibilidad tiene una excepción transitoria si se tuvo derecho a la deducción por maternidad y al complemento de ayuda para la infancia antes del 1 de enero de 2023.
REDUCCIÓN POR ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
Desde 1 de enero de 2024, se modifica la actual reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo declarado por el arrendador que alquila una vivienda con carácter permanente. Será del 90% si se firma un nuevo contrato por el mismo arrendador en zonas de mercado residencial tensionado, con una reducción de la renta de al menos el 5% respecto al contrato anterior.
La deducción será del 70% cuando, no cumpliéndose los requisitos del punto anterior, se alquile una vivienda nueva en zonas de mercado residencial tensionado a jóvenes de 18 a 35 años, se trate de vivienda asequible o protegida arrendada a entidades sin fines de lucro, o se alquile bajo programas públicos que limiten la renta.
Se aplicará un 60% cuando, no cumpliéndose los requisitos de los puntos anteriores, la vivienda haya sido rehabilitada en los dos años previos a la firma del contrato y un 50% en cualquier otro caso.

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