martes, 23 de diciembre de 2025 20:09

Economía

El Gobierno regula la inscripción de las indicaciones geográficas de productos artesanales en la Unión Europea

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan los procedimientos nacionales relativos a la inscripción, modificación y anulación de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales en el Registro de la Unión Europea (UE), así como determinados aspectos relativos a las mismas de conformidad con la normativa de la UE.
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Imagen de la Feria de Artesanía Creativa de Sevilla en su 26ª edición.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan los procedimientos nacionales relativos a la inscripción, modificación y anulación de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales en el Registro de la Unión Europea (UE), así como determinados aspectos relativos a las mismas de conformidad con la normativa de la UE.

En concreto, por medio de este instrumento, se crea un nuevo título jurídico de propiedad industrial que otorga una protección unitaria en la UE para las Indicaciones Geográficas de Productos Artesanales e Industriales (también llamadas Indicaciones Geográficas no agrícolas).

Este Reglamento de la UE exige desarrollo normativo nacional, ya que el procedimiento de registro de una indicación geográfica constará de dos fases: una nacional y otra a nivel de la Unión.

LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS SERÁ LA AUTORIDAD COMPETENTE
Así, en este real decreto se designa a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) como dicha autoridad competente nacional. Igualmente, el real decreto prevé el procedimiento nacional para solicitar una indicación geográfica de productos artesanales e industriales.

De este modo, el solicitante presentará su solicitud electrónica, la cual la recibirá la OEPM, que actuará de enlace entre los organismos competentes de las comunidades autónomas, según el territorio, y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo).

En el caso de las solicitudes relativas a indicaciones geográficas cuyo ámbito territorial se extienda por más de una comunidad autónoma, la OEPM gestionará directamente el procedimiento nacional, en el que se contempla la posibilidad de que se presenten oposiciones de terceros.

Una vez completada positivamente la fase nacional, mediante la emisión de una resolución favorable por la autoridad nacional competente correspondiente, dicha solicitud será remitida a la Euipo por la OEPM, para que inicie la fase de la Unión. Además, se prevé la creación de una 'Mesa de coordinación de indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales' como órgano colegiado de coordinación en el ejercicio de las funciones de la autoridad nacional competente y de los órganos autonómicos competentes en materia de calidad diferenciada vinculada a un origen geográfico o a una tradición.

Asimismo, este real decreto establece el régimen del control oficial de las indicaciones geográficas para productos artesanales e industriales cuyo ámbito territorial se extienda por más de una comunidad autónoma.

Por último, el Ejecutvio ha indicado que el impacto económico esperado de la norma es "positivo", ya que dichos efectos favorables "alcanzarán a todos los operadores económicos, tanto empresas como consumidores, y tendrá efectos positivos para la creación de empleo y el desarrollo local".

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