La patronal de micropréstamos sugiere a Economía usar el modelo británico para los 'topes' de estos créditos
La Asociación Española de Micropréstamos (Aemip) ha propuesto al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa utilizar un enfoque inspirado en el modelo británico para regular los límites de este tipo de créditos de alto coste, puesto que el propuesto ahora por el Gobierno podría hacer "inviable" el modelo de micropréstamo regulado.
Esta sugerencia se incluye entre las alegaciones que la patronal ha remitido a Economía al anteproyecto de ley elaborado por el Gobierno y con el que se quiere transponer las nuevas directivas europeas en materia de créditos al consumo.
En líneas generales, la asociación valora positivamente este impulso regulatorio y agradece que el anteproyecto reconozca al sector del micropréstamo como un "actor profesional a considerar en el sistema financiero".
Sin embargo, señala que ha presentado alegaciones para que el texto final sea "realista y proporcionado", ya que la experiencia de entodades asociadas en otros mercados muestra que una sobrerregulación "puede ser contraproducente". "La demanda de financiación de emergencia no desaparece, sino que tiende a desplazarse hacia mercados y operadores no regulados, generando precisamente el efecto contrario al deseado, que es proteger al consumidor", afirma la patronal.
Entre las alegaciones, destaca aquellas relacionadas con el régimen de límites a los costes de los micropréstamos. Aemip afirma compartir la necesidad de "acotar y hacer comprensible" el coste del crédito y, en este sentido, considera que existen fórmulas para que el esquema reflejado en el anteproyecto "se ajuste a la realidad económica" del micropréstamo de bajo importe y corta duración.
Sin embargo, advierte que, tal y como está planteado ahora, "podría hacer inviable el modelo de micropréstamo regulado, penalizando al canal formal frente a alternativas informales sin control".
En este marco, la asociación sugiere explorar un enfoque inspirado en el modelo británico para micropréstamos de alto coste, con "'topes' claros y predecibles" que "permitan proteger al consumidor sin eliminar la viabilidad económica de la oferta regulada".
Aemip explica que el modelo británico (HCSTC, por sus siglas en inglés) se basa en tres límites "muy claros" fijados por la Financial Conduct Authority (FCA): un tope diario del 0,8% de intereses sobre el capital, que incluye todos los intereses y comisiones mientras el préstamo está en vigor; un límite máximo de 15 libras en comisiones por impago; y un tope absoluto al coste total del crédito, de forma que el cliente nunca pueda llegar a pagar, en intereses, comisiones y recargos, más del 100% del capital prestado.
Para la asociación, con la aplicación de este modelo, sería posible "preservar una oferta regulada, transparente y responsable, evitando que los consumidores más vulnerables tengan que recurrir a soluciones opacas y sin supervisión".
DURACIÓN MEDIA DE 22 DÍAS
Aemip también ha realizado objeciones en cuanto a la duración mínima de tres meses que el anteproyecto contemplara estos microcréditos. Alerta de que este plazo podría "prolongar innecesariamente" la deuda y "encarecer" el coste total, cuando el micropréstamo en una herramienta financiera que se usa, explica, para cubrir necesidades puntuales de liquidez a muy corto plazo.
"En la práctica, el mercado ya ofrece plazos más largos, pero el cliente no los utiliza. La mayoría de los miembros de Aemip comercializa productos con vencimientos de tres y cuatro meses. Sin embargo, solo alrededor de un 10 a 15% de los consumidores opta por esas duraciones. Entre el 70% y el 80% de los clientes amortiza el préstamo de forma anticipada y el plazo medio real de uso es de 22 días", expone.
Por tanto, defiende un enfoque "más flexible" que permita adaptar la duración a la capacidad de reembolso del cliente, y manteniendo las salvaguardas de información y desistimiento.
PERIODO DE REFLEXIÓN PREVIO
La asociación también aborda la introducción de un periodo mínimo obligatorio de reflexión antes de que el cliente pueda formalizar el contrato del crédito. Respalda
en el caso de los micropréstamos, pensado para atender necesidades urgentes e imprevistas, este periodo también puede resultado "contraproducente". Respalda la importancia de que el consumidor reciba información "clara, comprensible y suficiente", pero cree que este plazo, en el caso concreto de los microcréditos, puede resultar también "contraproducente".
"No añade protección sustancial allí donde ya existen información precontractual reforzada, derecho de desistimiento y derecho de reembolso anticipado. Sí puede, en cambio, frustrar el acceso ágil a financiación regulada en situaciones en las que el tiempo es un factor crítico (reparaciones, sustitución de bienes básicos, etc)", sostiene la patronal.
Para este tipo de situaciones, Aemip propone que la protección del cliente se articule principalmente a través de información "clara" y derechos "efectivos" tras la contratación, "evitando demoras que desvirtúen la finalidad del producto y empujen al consumidor a buscar soluciones fuera del ámbito regulado".

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