La CNMC propone al Gobierno un paquete de medidas para mejorar la competencia en los contratos de autobús
Entre ellos, la reducción de los plazos de concesión o la restricción de las prórrogas de los contratos
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha propuesto al Gobierno la adopción de un paquete de medidas para mejorar la competencia y la eficiencia en los contratos de concesión de líneas de autobús, como la reducción de los plazos de concesión o la restricción de las prórrogas de los contratos.
Estas recomendaciones son fruto del análisis que ha llevado a cabo de los borradores de los pliegos tipo de los contratos de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros por carretera de la Administración General del Estado (AGE), a solicitud del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
El diseño de estos pliegos regirá los contratos por los que se adjudicará a las empresas ganadoras de las licitaciones las correspondientes concesiones para prestar el servicio público de transporte regular de viajeros en autobús en el nuevo esquema de líneas que prepara el Gobierno.
Así, la CNMC recomienda desagregar los lotes para asegurar la participación, fomentar la competencia y lograr una mejor eficiencia en la asignación de los fondos públicos. En caso de plantearse un lote único, insta a justificar adecuadamente las razones técnicas y organizativas.
También sugiere adaptar la duración a las características de cada concesión, evitando adoptar el plazo máximo contemplado (10 años) y hacer un uso restrictivo de las prórrogas, o reconsiderar la obligación de adscribir un número mínimo de vehículos, dado que los pliegos ya garantizan unas frecuencias y expediciones mínimas, sin perjuicio de lo previsto en el reglamento de transportes terrestres.
Por otra parte, insta a especificar los criterios para determinar la antigüedad máxima de los vehículos adscritos sobre la base de parámetros económicos objetivos (como la amortización derivada del mayor uso de los vehículos o sus emisiones); interpretar restrictivamente las obligaciones de subrogación, limitándola exclusivamente al personal vinculado a la concesión y asegurar la veracidad de los datos facilitados por el incumbente, y justificar la necesidad y proporcionalidad de la dotación mínima de personal exigida.
Asimismo, recomienda justificar los umbrales de solvencia económica y financiera y replantear la necesidad de exigir experiencia previa para la ejecución de contratos de menor tamaño o complejidad, incluir las expediciones adicionales ofertadas como un criterio económico evaluable a través de fórmulas, justificar la reducción del peso de los criterios económicos y reconsiderar los parámetros fijados para determinar la presunción de anormalidad de las ofertas, para adaptarlos a la realidad del sector.
Por último, aconseja eliminar el criterio basado en la calidad percibida, así como valorar alternativas para considerar el uso de vehículos menos contaminantes (como el grado de emisiones); y considerar otros medios de transporte (metro, tranvía o ferrocarril) en relación con el fomento de la intermodalidad, justificando la necesidad y la proporcionalidad de la obligación de prestar atención al usuario presencial en una de las paradas principales, cuando existen otros canales disponibles.

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